Capital podrá retener los autos de quienes circulen sin permiso

La Municipalidad endureció las sanciones para aquellos conductores que no cumplan con las normas dispuestas por la cuarentena en Mendoza.

Capital podrá retener los autos de quienes circulen sin permiso

Foto: Prensa Gobierno de Mendoza

Sociedad

Distanciamiento social

Unidiversidad

Unidiversidad / El Sol

Publicado el 10 DE AGOSTO DE 2020

La Municipalidad de Ciudad busca reducir la circulación en el contexto de la pandemia por coronavirus, por lo que dispuso una medida que habilita la retención de los vehículos de aquellos conductores que circulen sin autorización. Se trata de la actualización de la ordenanza que establecía sanciones para los incumplidores de la cuarentena. Según se estableció en la ordenanza N.° 4009, publicada este lunes en el Boletín Oficial, se prohibió la circulación de vehículos que estén en infracción con lo dispuesto por la Nación y el Gobierno provincial.

"El Concejo Deliberante amplió los alcances de la conducta y la sanción a la fase de distanciamiento”, aclaró a El Sol el intendente de Capital Ulpiano Suarez, que señaló que la ordenanza “es contra los que circulan en vehículo sin ningún motivo", es decir, conductores que no tienen el certificado de circulación o salen un día que no les corresponde de acuerdo a la finalización del DNI, entre otras posibles infracciones.

Los preventores de Ciudad tendrán la facultad de secuestrar y trasladar el vehículo si lo consideran necesario. En el caso de que haya “razones justificadas”, el vehículo podrá trasladarse al domicilio que indique el conductor firmando un compromiso de inmovilización del mismo. En cuanto a las sanciones económicas, en el caso de las multas graves el monto a pagar será de $ 22 750 (5000 UTM). Si hay reincidencia, ascenderá a $ 34 125 (7500 UTM).

 

Algunos puntos de la ordenanza

"Cuando se constate la existencia de infracción a la prohibición de circular dispuesta por el Poder Ejecutivo Nacional y/o Provincial, se procederá a hacer cesar la conducta infractora, disponiendo la inmediata detención del vehículo que circule en infracción”, señala la norma. Además de una multa al conductor por "infracción grave", se habilita la posibilidad de "realizar el secuestro y posterior traslado a la playa de secuestros del vehículo encontrado en infracción, a fin de evitar el desplazamiento del mismo".

"Al efecto, se confeccionará un acta dejando constancia de la persona que cometió la infracción, y la retención del vehículo si correspondiere", agrega la ordenanza.

En cuanto a las sanciones económicas, no se aplicarán “con carácter condicional ni en suspenso”. En el caso de las multas graves, el monto a pagar será de $ 22 750 (5.000 UTM). Cuando "por razones justificadas" el propietario solicite que el vehículo no se traslade a la playa, el conductor deberá abonar la multa, sumado a los gastos de acarreo y depósito. El automóvil podrá ser trasladado al domicilio que indique el dueño, que deberá firmar un "acta de compromiso de inmovilización" del rodado hasta que finalice la cuarentena.

En tanto, la ordenanza señala: “La posterior utilización del vehículo en infracción provocará la reincidencia, generando así un aumento del 50 % de la multa al conductor”. Esto significa que la sanción llegará a $ 34 125.

La recaudación que se obtenga por las multas será destinada de forma íntegra al Fondo Municipal Coronavirus. Las medidas regirán hasta que finalicen las etapas de distanciamiento social, preventivo y obligatorio (Dispo) y/o del aislamiento social, preventivo y obligatorio (ASPO).

vehiculos, cuarentena, sanciones, capital,