Consultas médicas virtuales: hasta qué punto está en juego la ética

En la provincia solo tres prepagas utilizan este medio de consulta y para este año se espera que comience a utilizarlo la OSEP. El debate se reabre en cuanto a la situación legal y deontológica.

Consultas médicas virtuales: hasta qué punto está en juego la ética

Foto: Sanitas.com

Sociedad

Unidiversidad

Unidiversidad / Emilio Murgo

Publicado el 22 DE FEBRERO DE 2019

La telemedicina o consulta médica virtual es considerada como una de las mayores innovaciones de los servicios sanitarios, y no solo desde el punto de vista tecnológico, sino también cultural y social, al favorecer el acceso a los servicios de atención sanitaria. Sin embargo, el marco regulatorio es crucial en el ámbito de la telemedicina, por lo que es clave analizar la situación de la normativa legal en el momento de la implementación y desarrollo de este servicio que crece día a día.

En lo que se refiere a ética médica y legislación en telemedicina (medicina en general), ambos temas se entrecruzan ineludiblemente. En ningún caso es ajeno uno de otro, puesto que el ejercicio de la profesión médica es uno solo, con objetivos iguales frente a los pacientes.

Los países latinoamericanos en general no han legislado prácticamente en lo que respecta a telemedicina, con excepción de Colombia, que tiene una reglamentación con resoluciones y leyes que no van a fondo.

Desde lo ético, debemos tener presente un aspecto fundamental: tanto el médico general como el especialista que atiende un paciente a través de telemedicina son responsables integralmente del paciente.

En este sentido, Nicolás Egües, abogado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Mendoza y director general de Contrataciones de la UNCuyo, dijo a Unidiversidad: “Este es el típico caso en el que la tecnología va por delante de la legislación, es decir que no está del todo regulado”.

“Hay un código de ética de la Confederación Médica de la República Argentina (Comra). En este código se encuentra el Artículo 115, que afirma: No son éticas las prácticas inspiradas en el charlatanismo, las carentes de base científica y que prometen a los enfermos curaciones; los procedimientos ilusorios o insuficientemente probados que se proponen como eficaces; la simulación de tratamientos médicos o intervenciones quirúrgicas; el uso de productos de composición no conocida, y el ejercicio de la Medicina mediante consultas realizadas exclusivamente por carta, teléfono, radio, prensa o Internet”, puntualizó. “Hay distintas leyes de regulación de la medicina; la de Mendoza es muy vieja, data de 1959. Es la Ley 2636 que detalla en el Artículo 34 lo siguiente: 'Las recetas deberán formularse en castellano, legiblemente escritas de puño y letra, fechadas y firmadas'”, concluyó Egües.

Mientras tanto, a nivel local, se esperan novedades al respecto, ya que la Obra Social de Empleados Públicos (OSEP) destacó que para este año intentarán implementar este tipo de sistema para sus afiliados. “Prevemos que la consulta, cuando se haga a través del formato de telemedicina, que sobre todo va a ser para especialistas o subespecialistas, el paciente va estar acompañado por un médico clínico y va a interactuar mediante un servicio de streaming”, afirmaron desde prensa de OSEP.

“Este servicio lo queremos habilitar para la interconsulta, pero nunca existiría el primer contacto entre un paciente y un médico de OSEP en un formato video. En el caso de necesitar prescripción de una receta, la va a poder realizar el médico que lo acompaña”, agregaron desde la obra social más grande de la provincia.

“Esto, más que nada, está pensado en los departamentos como Lavalle, General Alvear o San Rafael, que no cuentan con la cantidad necesaria de especialistas. Para ello se desarrolla esta modalidad, que permite allanar y acercar a los habitantes de estos lugares con los especialistas que por lo general se encuentran en el Gran Mendoza”, destacaron en la obra social estatal.

En la provincia de Mendoza, actualmente, solo tres prepagas usan este sistema: Omint, Medifé y Sancor Salud.

 

Telemedicina en práctica

Siguiendo el "Marco de Implementación de un Servicio de Telemedicina", publicado por la Secretaría de Salud de la Nación, con auspicio de la Organización Mundial de la Salud (OMS), hacemos un pequeño repaso de esta modalidad en práctica, que comienza a generar debate, sobre todo por los límites éticos. 

 

El médico debe respetar las siguientes normas éticas

  • La relación médico-paciente debe estar basada en un examen personal y conocimiento suficiente del historial médico del paciente;
  • La telemedicina debe ser utilizada principalmente en situaciones en las que el médico no puede estar presente físicamente en un tiempo seguro y aceptable;
  • También se puede usar en la gestión de enfermedades crónicas o del seguimiento después del tratamiento inicial, cuando se haya probado que es segura y eficaz;

 

Cuándo se puede consultar por el servicio de telemedicina

  • Resfrío, sinusitis, gripe, problemas pediátricos de baja complejidad, erupciones cutáneas, asma, alergias, infecciones del tracto urinario, dolor de garganta, vómitos, diarrea, problemas o enfermedades del viajero, consejería para dejar de fumar.

 

Cuándo NO se puede consultar por el servicio de telemedicina

  • Problemas médicos que pongan en peligro la vida o que pueda causar deterioro de la persona, eventos que se consideren una emergencia, urgencia o un caso grave, afecciones del corazón o cerebrales, dolor o presión en el pecho, hemorragia o sangrado significativo, pérdida de la conciencia, envenenamiento, quemaduras moderadas a severas, convulsiones/epilepsia, dificultad para respirar, lesión grave de la cabeza, el cuello o la espalda, afectación grave de alguna extremidad, fracturas o hueso roto.
  • No se utiliza en caso de urgencias o riesgo de vida. La consulta debe ser orientativa y no reemplaza y no debe reemplazar al médico de cabecera, la guardia o el servicio de urgencias. 

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