El nuevo Código de Faltas, en la agenda legislativa

La propuesta del gobernador Alfredo Cornejo comenzará a tratarse en comisiones.

El nuevo Código de Faltas, en la agenda legislativa

El proyecto para modificar el Código de Contravenciones ingresó al Senado a fines de mayo. Foto: Archivo / Axel Lloret.

Provincial

Nuevo Código de Faltas

Unidiversidad

Unidiversidad/ Prensa de Gobierno

Publicado el 06 DE AGOSTO DE 2018

El proyecto con modificaciones al Código Contravencional de la Provincia, más conocido como Código de Faltas, comenzará a ser tratado en comisiones legislativas el próximo jueves, 9 de agosto. Se trata, en este caso, de las comisiones de Legislación y Asuntos Constitucionales y la de Derechos y Garantías.

También se analizará un artículo que propuso el subsecretario de Justicia, Marcelo D’Agostino, la semana pasada. El mismo prevé multas o trabajo comunitario para aquellas personas que se vayan de sus domicilios sin avisar su ubicación y sean buscados por la Policía o cualquier otra fuerza pública.

La iniciativa de cambiar el Código de Faltas fue propuesta por el gobernador, Alfredo Cornejo, y el proyecto –que originalmente contaba con 198 artículos– se envió a la Legislatura a fines de mayo. Entre los principales cambios que se establecen, se consideran sanciones y multas para padres que permitan el consumo de alcohol de sus hijos menores de 18 años, para aquellas personas que abandonen animales en la vía pública y también para quienes no tengan autorización legal para cuidar vehículos en las calles, es decir, para los “trapitos” no autorizados.

 

Los principales cambios

  • Padres responsables. El nuevo código establece sanciones a padres o tutores en los siguientes casos: cuando les permitan el consumo de alcohol a menores, cuando hagan incurrir al niño en inasistencias a la escuela de forma reiterada e injustificada, cuando dejen a los hijos pequeños en el interior del vehículo sin el cuidado de una persona responsable y cuando omitan vacunación obligatoria.
  • Arresto domiciliario. Se establece arresto domiciliario en los siguientes casos: para mayores de 70 años (antes era de 60 años), para mujeres embarazadas o en período de lactancia (antes era para cualquier mujer honesta), quien padeciere una enfermedad incurable, para personas enfermas cuando la privación les impida recuperarse o personas discapacitadas cuando la privación de libertad en el establecimiento fuere inadecuada para su condición.
  • Decomiso. Incorporación de los bienes decomisados al patrimonio del Estado en las áreas de desarrollo social de la provincia o municipio, según corresponda En caso de no ser aprovechables, se autoriza la enajenación y, salvo elementos idóneos para delinquir, se dispondrá su destrucción.
  • Funcionarios públicos, docentes y médicos. El texto añade nuevos tipos contravencionales relacionados con la ofensa a personal, tanto a funcionario públicos, de salud y de educación.
  • Municiones. Se sanciona a aquellas personas por tenencia injustificada de municiones sin que pueda acreditar la calidad de legítimo usuario de arma de fuego y siempre que el hecho no constituya delito.
  • Cuidacoches. También suma como una falta el cuidado de vehículos en la vía pública sin la debida autorización legal, así como la limpieza de los mismos o de parte de estos.
  • Mascotas. El nuevo código sanciona la tenencia de perros u otros animales potencialmente peligrosos sin adoptar medidas de seguridad. También castiga el descuido del dueño de cualquier mascota, así como su abandono o de sus crías.
  • Antidisturbios. El código sanciona a  jugadores, entrenadores, directivos de las ligas, asociaciones, clubes o entidades deportivas reconocidas y espectadores que antes, durante o después del espectáculo inciten a escándalos, disturbios, desmanes o desórdenes con expresiones, ademanes e insultos. También para aquellos que, a través de las redes sociales, inciten a provocar este tipo de acciones.
  • Acoso sexual callejero. Las personas que realicen acoso sexual en lugares públicos o privados con acceso al público serán sancionadas.
  • Festejos estudiantiles. El código sanciona al titular del local y/o organizador del evento para menores cuando no impidiera el ingreso o venta de bebidas alcohólicas y/o estupefacientes.
  • Falsos policías. Se establecen sanciones a aquellos que simulen ser miembros de las fuerzas de seguridad mediante la utilización de uniformes o credenciales. También habrá multas, tanto a quienes adquieran indumentaria como a quienes vendan vestimentas de las fuerzas de seguridad a personas que no pertenezcan a las mismas.
  • Expendio de bebidas alcohólicas fuera de horario establecido.
  • Bañarse en cauces de agua no autorizados para ese fin.
  • Arrojo de residuos patogénicos y farmacéuticos en lugares públicos o abiertos al público no habilitados al efecto, arrojo de líquido cloacales en la vía pública.
  • Maltrato a mayores. El proyecto establece la sanción a aquellas personas que incurran en conductas de maltrato, insultos y faltas de trato digno hacia personas de la tercera edad, en el ámbito familiar como en las residencias, los hospitales y los centros geriátricos.
  • Cuidado del ambiente. Se sanciona al que prenda fuego sin precauciones, deprede la flora silvestre o destruya el arbolado público. También habrá sanciones al que arroje líquidos cloacales en la vía pública o permita el desborde de cámaras sépticas o pozos ciegos, así como a aquellos que obstruyan, alteren o deterioren los cauces de agua.

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