Garantizarán el tratamiento hormonal para cambios de género

La resolución se publicó este jueves en el Boletín Oficial, a 24 horas de publicar el nuevo protocolo para la ILE, que en la tarde fue derogado por el propio Macri.

Garantizarán el tratamiento hormonal para cambios de género

Adolfo Luis Rubinstein, secretario de Salud. Foto: La Nación

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Fuente: Infobae

Publicado el 21 DE NOVIEMBRE DE 2019

El Gobierno nacional dispuso la cobertura integral del tratamiento hormonal para aquellas personas que pretendan realizarse el cambio de género. La decisión fue anunciada a través de la Resolución 3459/2019, publicada este jueves en el Boletín Oficial, con la firma del secretario de Salud, Adolfo Rubinstein, luego de la polémica que protagonizó ayer por el Protocolo de Interrupción Legal del Embarazo ILE).

Con esta nueva resolución, la Secretaría de Salud incorpora en el Programa Médico Obligatorio (PMO) los medicamentos necesarios para garantizar el 100 % de la cobertura de los tratamientos hormonales que tienen como finalidad “cambiar los caracteres secundarios que responden al sexo gonadal para adecuación de la imagen al género autopercibido”.

En ese sentido, se explicó que, a través del artículo 11 de la Ley 26743, queda garantizado el acceso a los tratamientos hormonales integrales “como parte del derecho al libre desarrollo personal y establece que dichos tratamientos quedan incluidos en el PMO”. Los servicios de salud, tanto del sistema público como de los sistemas privado y de seguridad social, deben incorporarlos a sus coberturas, garantizando en forma permanente los derechos reconocidos por la ley.

“Se tendrá que prescribir y suministrar los medicamentos y/o tratamientos para hormonización con una cobertura del 100 % a demanda de las/os beneficiarias/os, en el marco de la atención primaria de la salud, a través de los prestadores de servicios”, agrega el documento que lleva la firma del secretario de Salud, Adolfo Rubinstein.

Además, se aclaró que las enunciadas prestaciones no constituyen un procedimiento estético, sino que se enmarcan en el acceso efectivo al derecho a la salud. Es decir, en el proceso de constitución corporal e identitario, el libre desarrollo personal y el derecho a la vida.

En consecuencia, se enfatizó que se proveerá la cobertura integral de los siguientes medicamentos: acetato de ciproterona, testosterona en gel, 17ß-estradiol gel, valerato de estradiol, espironolactona, undecanoato de testosterona y triptorelina.

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