Solo en enero hubo 30 femicidios en Argentina

La lista surge del colectivo Ni Una Menos. En Mendoza hubo cuatro casos en el primer mes de 2019. Especialistas explicaron cuándo la Justicia considera un femicidio.

Solo en enero hubo 30 femicidios en Argentina

Foto de archivo: Axel Lloret / Unidiversidad

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Mariano Rivas

Publicado el 01 DE FEBRERO DE 2019

La violencia extrema ejercida en manos de la violencia machista ya mató al menos a una mujer por día en el primer mes de 2019 en nuestro país. La problemática da cuenta de la necesidad de seguir impulsando políticas que colaboren en que cesen los asesinatos contra mujeres, alertó este viernes el colectivo Ni Una Menos, que una vez más dio a conocer la lista de femicidios en el país.

Mendoza no es ajena al "mapa" que enciende el alerta roja en el país en materia de violencia contra las mujeres. De hecho, de los 30 femicidios que contabilizó la entidad, se estima que cuatro ocurrieron en la provincia: el de Liliana Olguín (49), asesinada a puñaladas por su pareja, y el de una joven que hasta el momento no fue identificada y cuyo cuerpo fue hallado el 15 de enero en Guaymallén. A estos aberrantes hechos, el colectivo considera de vital importancia sumar el de las hermanas de origen israelí Liliana Pyrhia Sarusi (54) y Lily Pereg (63), asesinadas por el hijo de una de ellas (hoy imputado e investigado), Nicolás Gil Pereg (36).

En ese contexto, desde Ni Una Menos difundieron un comunicado en el que exigen "a las instituciones encargadas de formar a la ciudadanía que incluyan prácticas y contenidos con perspectiva de género. Que los medios de comunicación cubran con responsabilidad la noticia, usando categorías como 'femicidio' y 'violencia de género'”.

 

Un concepto que comprende a otro

Marianela Ripa, abogada y actual secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia del Poder Judicial de Mendoza, fue consultada por Unidiversidad para que explique cuándo un crimen es catalogado como femicidio. En primer lugar, la profesional señaló: “Es importante saber que siempre un femicidio está enmarcado en la violencia de género”. En este sentido, la violencia de género comprende otras cosas.

La letrada manifestó que, tomando como referencia la figura de un iceberg, el femicidio es la expresión última de todas las que puede tener una situación de violencia de género. Generalmente, explicó, las señales comienzan a visualizarse en aspectos cotidianos, como por ejemplo, el ninguneo, el menosprecio hacia la opinión de la mujer y las agresiones en todas sus formas.

Infografía: Amnistía Internacional

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Ni todas las muertes de mujeres, ni solamente los crímenes de pareja

La abogada fue clara al descartar dos posiciones: "No todo asesinato contra una mujer es femicidio, ni tampoco se necesita que haya una relación de pareja entre víctima y victimario para catalogar el crimen como tal", explicó Ripa. La profesional ejemplificó al respecto: “Si a mí me matan en ocasión de un robo, no es un femicidio porque no me matan por mi condición de mujer. A un varón en mi lugar lo hubiesen matado igual, posiblemente”.

Carolina Jacky, abogada especializada en violencia de género, coincidió al manifestar: “Muchos solamente piensan (de forma equivocada) en el femicidio en un contexto de una relación de pareja”.

Entonces, ¿qué define a un femicidio? “Es la relación de subordinación de la mujer con respecto al varón que genera que este se sienta con el poder sobre ella al punto de matarla”, respondió Ripa. Es decir, cuando una mujer es asesinada por el hecho de serlo, ni más ni menos.

Carolina Jacky, referente en casos de violencia de género. Foto de archivo: Axel Lloret / Unidiversidad.

 

Por qué son 30 femicidios y no menos: qué dice la ley

Si bien muchos medios de comunicación publicaron noticias que hablan de menos femicidios, el análisis de los casos dice otra cosa. Jacky destacó que el Código Penal habla de esto en su artículo 80, donde establece los agravantes que merecen prisión perpetua en un homicidio. Allí se menciona como uno de ellos a los casos de asesinato que involucren “a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”. Esto significa que el femicidio, al estar comprendido en este artículo, no es una figura penal, sino un agravante.

"Como el texto que acabamos de citar habla de que debe mediar violencia de género, lo siguiente es definir el contexto de violencia de género”, señaló la abogada. Para eso, explicó, hay que consultar la Ley 26485 de Protección Integral a las Mujeres.

La norma establece cinco tipos de violencia de género en su artículo 5: física, psicológica, sexual, económico-patrimonial y simbólica. Todo asesinato de una mujer en el que medien estos factores es un femicidio (ya que involucra violencia de género) y, como tal, merece prisión perpetua.

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Tras esclarecer los conceptos, la secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia dejó una reflexión sobre la manera en que la sociedad se refiere a los victimarios de las mujeres: “No sirve que digamos que el femicida es un loco o que los medios lo pongan en el lugar de loco, porque en realidad es lo que nosotros llamamos un ‘hijo sano del patriarcado’. Es aquel varón que, situado en estos mandatos de masculinidad, se siente con poder incluso sobre la vida de la mujer. Cuando uno dice ‘loco’, es lo mismo que cuando antes se decía ‘crimen pasional’. No, (el asesino) sabe muy bien lo que hace, y lo hace porque cree que puede hacerlo porque ella es mujer. Con un varón no lo haría”, concluyó Ripa.

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