Para proteger las abejas, la UE limitó el uso de insecticidas

El Tribunal General de la Unión Europea (UE) confirmó la validez de los límites en el uso de ciertos productos por el riesgo que suponen para estos insectos. En la sentencia rechazó así los argumentos de las multinacionales agroquímicas Bayer y Syngenta.

Para proteger las abejas, la UE limitó el uso de insecticidas

Imagen ilustrativa. Apicultura. Foto: Casa Rosada.

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Unidiversidad

Unidiversidad / Fuente: Télam

Publicado el 17 DE MAYO DE 2018

En 2012, la Comisión Europea decidió revisar las autorizaciones concedidas a escala para los insecticidas clotianidina, tiametoxam e imidacloprid, y para el plaguicida fipronil a raíz de la desaparición de colonias de abejas debido al mal uso de plaguicidas. Para eso, solicitó a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) una evaluación de los peligros que suponen para las abejas y, a raíz de los riesgos detectados, introdujo nuevas prohibiciones en el uso de estas sustancias en 2013.

Esta medida se realizó de acuerdo a dos reglamentos: uno para los tres insecticidas citados y otro para el fipronil, y se exigía también a los Estados que modificaran o anularan las autorizaciones vigentes de ciertos productos que contuviesen esas sustancias. La multinacional alemana Bayer y la suiza Syngenta, dos de las mayores fabricantes de productos agroquímicos y pesticidas a nivel mundial, así como la alemana BASF, que produce y vende el fipronil, apelaron la decisión ante el Tribunal General. Syngenta reclamó, además, una indemnización de al menos 367,9 millones de euros.

Con la sentencia dictada este jueves, la Corte europea desestima totalmente los recursos de Bayer y Syngenta y da la razón a la Comisión, apuntó la agencia española EFE. Considera que Bruselas, sede de la UE, logró demostrar que, dado el endurecimiento de las normas relativas a la protección de las abejas frente a los efectos nocivos de estas sustancias, los riesgos detectados por la EFSA justificaban eliminar la aprobación para la clotianidina, el tiametoxam y el imidacloprid.

Indica, además, que por el denominado "principio de cautela", las instituciones pueden tomar medidas frente a los posibles riesgos para la salud humana y el medio ambiente sin esperar a que estos queden plenamente demostrados científicamente o se materialicen. Resalta que la protección de la salud pública, la seguridad y el medio ambiente priman sobre los intereses económicos. Asimismo, avala la prohibición de comercializar las semillas que fueron tratadas previamente de forma legal con esas sustancias.

Sin embargo, el Tribunal estimó parcialmente el recurso de BASF contra la prohibición de utilizar fitosanitarios que contengan fipronil para ciertos cultivos por considerar que la Comisión impuso los límites sin medir sus consecuencias "para los distintos intereses en juego" y en comparación con las consecuencias de no actuar. La sentencia puede ser apelada en casación ante el Tribunal de Justicia, máxima instancia judicial de la Unión Europea.

Por otro lado, la organización ecologista Greenpeace valoró que la sentencia "establece correctamente las prioridades de la UE: su deber primero es proteger a la gente y la naturaleza, no los márgenes de beneficios de las empresas" y, en un comunicado, dijo que debería alentar a la CE a actuar con respecto a otras sustancias.

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