Las boletas atrasadas de luz se podrán pagar en seis cuotas

Abarca a los usuarios que no están contemplados en el decreto que prohíbe los cortes de servicio por falta de pago.

Las boletas atrasadas de luz se podrán pagar en seis cuotas

Foto: Pixabay

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Unidiversidad

Unidiversidad / Fuente: MDZ

Publicado el 17 DE ABRIL DE 2020

El Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) especificó en qué casos y cuáles son los requisitos que deben cumplir los usuarios del servicio de energía eléctrica de Mendoza para ser exceptuados de los cortes por falta de pago, en consonancia con las medidas dispuestas por el Gobierno nacional y a las cuales adhirió recientemente la Provincia. Pero además, agregó otra posibilidad: los usuarios que no estén alcanzados por esa medida igual pueden prorratear su deuda en un plan de pagos de 6 cuotas.

La otra novedad es que el beneficio incluye a empresas y comercios que están en dificultades. Allí se incluye a pymes, cooperativas y también instituciones de salud "públicas y privadas". A ese grupo tampoco podrán cortarle el suministro eléctrico.

Esto surge a raíz del decreto firmado por el gobernador Rodolfo Surez que adhiere a otro decreto, firmado el 25 de marzo pasado por el presidente Alberto Fernández, en el cual dispuso para determinados grupos de usuarios vulnerables la prohibición de suspender los servicios de energía eléctrica, agua corriente, gas por redes, telefonía fija y móvil e Internet, televisión por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, en caso de mora o falta de pago; al mismo tiempo, prevé la instrumentación de planes de pago que faciliten la cancelación de las deudas generadas durante la vigencia de la emergencia social.

Para el caso del suministro de energía eléctrica, el EPRE dispuso mediante una resolución que la excepción de cortes del servicio se aplicará en los casos de "mora o falta de pago de hasta dos facturas consecutivas o alternadas, en el caso de facturación bimestral, y de hasta cuatro facturas consecutivas o alternadas, en el caso de facturación mensual, con vencimiento a partir del 1.º de marzo de 2020, por el término de 180 días corridos".

Por otro lado, el organismo plasmó en detalle quiénes serán los usuarios alcanzados por el beneficio:

  • Usuarios residenciales beneficiarios de la Tarifa Eléctrica Social y demás usuarios residenciales alcanzados por compensaciones y subsidios provinciales.
  • Usuarios no residenciales que acrediten su condición de micro, pequeña o mediana empresa (MiPyMES).
  • Usuarios no residenciales que acrediten su condición de cooperativas de trabajo o empresas recuperadas inscriptas en el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (Inaes).
  • Usuarios no residenciales que acrediten su condición de instituciones de salud, públicas y privadas, afectadas en la emergencia, y las entidades de bien público que contribuyan a la elaboración y distribución de alimentos en el marco de la emergencia alimentaria

 

Plan de pagos

Además, el EPRE dispuso el mecanismo de cancelación de deuda para el resto de los usuarios no alcanzados por la medida anterior y que deban montos atrasados: "Todos los usuarios que tengan dificultades en su capacidad de pago podrán regularizar su deuda accediendo a planes de facilidades de pago de hasta seis (6) cuotas mensuales y consecutivas. En estos casos, las distribuidoras podrán aplicar soólo la tasa de interés de hasta el 24 % TNA, debiendo abstenerse de aplicar cualquier tipo de recargo moratorio o similar".

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