A la Corte nacional

Las mineras recurrirán al máximo tribunal

A la Corte nacional

Foto: Archivo - Axel Lloret

Sociedad

Cepo a la minería

Unidiversidad

Verónica Gordillo

Publicado el 17 DE DICIEMBRE DE 2015

El abogado de siete de las diez mineras que presentaron acciones de inconstitucionalidad contra Ley 7722, Raúl Javier Rodríguez, aseguró que lo más probable es que sus clientes acudan a la Corte nacional como última instancia de su reclamo, luego de conocer el fallo del tribunal mendocino que determinó el apego de la norma a la Constitución.

“Este es un fallo político más que jurídico. Se hizo hincapié en un análisis político y social, mientras nosotros esperábamos un análisis jurídico. No fuimos a la Corte para que dijera si la minería es buena o no, sino para que dijera si la ley 7722 se apega al orden constitucional”. Rodríguez aclaró que sus palabras reflejan la primera impresión del fallo de la Suprema Corte de Justicia, que avaló la constitucionalidad de la norma que prohíbe el uso de sustancias tóxicas en los proyectos mineros.

Después de ocho años de litigio, el Poder Judicial dio a conocer a través de su página web el fallo plenario, en el que los siete integrantes del máximo tribunal determinaron que la ley 7722 es constitucional. Con su decisión, le dieron la razón a la Provincia, que defendió el apego de la norma provincial a la Constitución, frente a la postura de las empresas mineras.

Los jueces Pedro Llorente, Jorge Nanclares, Herman Salvini, Alejandro Pérez Hualde, Julio Gómez, Omar Palermo y Mario Adaro decidieron, en forma unánime, que la ley 7722, aprobada en 2007, se apega a la Constitución. El ministro Adaro votó en minoría por la inconstitucionalidad del artículo 3, que exige que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de los proyectos mineros sea refrendada por la Legislatura. Uno de los argumentos jurídicos más fuertes que esgrimieron los jueces para determinar la constitucionalidad de la ley fue la protección de los recursos naturales y del medio ambiente, contenido en el artículo 41 de la Constitución Nacional.
 

A la Corte nacional

Raúl Rodríguez representa a siete de las diez mineras que presentaron acciones de inconstitucionalidad. Aseguró que, aunque aún no habló con todos sus clientes, es un hecho que continuarán con su reclamo y acudirán a la Corte de Justicia de la Nación.

Rodríguez representa a Minera del Oeste SRL (mendocina y cuyo proyecto más importante está en Paramillos); hizo dos presentaciones por Desarrollo de Prospectos Mineros Argentinos SA (de capitales canadienses, por Paramillos); a Agaucu (firma mendocina que desarrolló el proyecto Elisa, de extracción de cobre en Malargüe); a Raúl Concina (presidente de Agaucu); a Minera San Jorge (capitales canadienses que fueron vendidos a las rusas Solway Group y Aterra, por su proyecto de oro y cobre en Uspallata), y a la Asociación de Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica y Actividad Nuclear (APCNEAN), que se presentó en defensa de su fuente laboral. Las otras dos acciones de Minera Ríos de la Plata y Cognito Limited quedaron en manos de la abogada Patricia Inzirillo.

Rodríguez aclaró que sólo tiene una primera impresión del fallo y no una opinión académica, ya que necesita leerlo en profundidad. Dijo que a primera vista es un fallo político, que tiene valoraciones que exceden el tema jurídico.

Para el abogado, en su fallo la Corte incluyó un análisis social de todo el proceso que se vivió a partir de la aprobación de la ley en 2007, algo que a su criterio está muy lejos de responder al requerimiento que ellos hicieron, que es determinar si la norma se apega o no a la Constitución. Además, consideró que las movilizaciones sociales y los dichos de algunos dirigentes, específicamente del intendente de San Carlos, Jorge Difonso, quien puso en duda la paz social si la Corte determinaba la inconstitucionalidad de la ley, no sólo fueron irresponsables sino que condicionaron de algún modo la decisión de los jueces.

El letrado adelantó que es probable que todos sus clientes acudan a la Corte nacional, como última instancia para dirimir el tema. Consideró que en ese caso los jueces no estarán condicionados por la situación social que se vive en Mendoza desde la sanción de la ley 7722.

Rodríguez aseguró que el fallo será un factor negativo para el desarrollo de la industria minera en el país, ya que tendrá impacto en todas las provincias.

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