Las salidas de acuerdo al DNI no son inconstitucionales

La jueza Marcela Ruiz Díaz rechazó el pedido realizado por un grupo de abogados contra el decreto de Suarez que regula la circulación en espacios públicos.

Las salidas de acuerdo al DNI no son inconstitucionales

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Unidiversidad / El Sol

Publicado el 04 DE JUNIO DE 2020

La Justicia provincial rechazó el pedido de inconstitucionalidad del Decreto 563/20 del Gobierno de Mendoza que regula la circulación en espacios públicos de acuerdo a la terminación de Documento Nacional de Identidad (DNI).

"Existe un fin legítimo, el cual se refiere a la protección de la salud de los habitantes de la Nación, existiendo una adecuada relación entre los costos de las medidas y los beneficios. Se cumple así, a mi criterio, el principio de razonabilidad constitucionalmente consagrado", aseguró en su fallo la jueza Marcela Ruiz Díaz, del Segundo Tribunal de Gestión Judicial Asociada.

La magistrada además señaló: "La declaración de inconstitucionalidad de una norma requiere no solo demostrar de qué manera se contraviene la Constitución Nacional, sino probar que ello causa gravamen en el caso concreto". También cuestionó al grupo de abogados mendocinos que ganó notoriedad pública cuando le pidió a la Justicia que declare inconstitucional la decisión de Suarez. "Esgrimen su pretensión en términos hipotéticos y conjeturales, sin que abonen efectiva y concreta lesión producida a los derechos que estiman conculcados", explicó Ruiz Díaz en su fallo.

Hay que recordar que la Fiscalía Civil N.°1 del Ministerio Público Fiscal (MPF) ya había emitido un dictamen no vinculante en el mismo sentido que la magistrada. El MPF afirmó a mediados del mes pasado que los abogados que presentaron el amparo (Claudia Milanese, Silvana Ippolitti, Bárbara Codina, Omar Esteban Fornetti, Pablo Enrique de Rosas, Gonzalo Gatica, Gilberto Santamaría, Ignacio Santamaría Guevara, Alejandro Miguel Nacevich y Nicolás Parma) "no argumentan ni prueban de qué manera la norma impugnada produjo un perjuicio concreto".

Además, consideró que Suarez actuó dentro de las facultades y competencias que tiene, máxime en una situación de excepción como lo es la emergencia sanitaria que viven la provincia y el país.

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