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10 DE ABRIL DE 2024
El Senado aprobó un proyecto de ley para modificar el Código Penal y así poder penalizar la tenencia de pornografía infantil.
Imagen ilustrativa tomada de larazon.com.do
En la última sesión del Senado de la Nación aprobamos diferentes proyectos de gran importancia. En ocasiones, algunos de ellos cobran mayor visibilidad que otros, por eso quiero resaltar uno en particular referido a la modificación del artículo 128 del Código Penal, destinado a dar mayor protección a los niños, priorizar sus derechos y combatir la pornografía infantil.
Este proyecto surgió del acuerdo de propuestas emanadas de legisladores de diferentes sectores políticos que entendimos la necesidad de lograr la protección integral de los jóvenes y de otorgar a la Justicia todas las herramientas para combatir la pornografía infantil en todas sus variantes. Esto cobra mayor relevancia si tenemos en cuenta que nuestro país figura entre los mayores consumidores de estos materiales.
La tenencia de pornografía infantil perjudica a terceros con el agravante de que estos son niños y este es el punto fundamental a tener en cuenta. El Código Penal en su artículo 128 excluye de responsabilidad al adulto que consume pornografía infantil y para que se cumpla el tipo penal, la posesión del material debe tener como objetivo su distribución o comercialización. Este es un error que debe ser subsanado porque los derechos de los niños deben primar por sobre las libertades individuales, dado que se lesiona la honorabilidad de los menores.
Con la aprobación que dimos en el Senado, buscamos penalizar la tenencia, cualquiera sea su finalidad, ampliando la sanción al delito. Además, agravamos las penas para que el delito no sea excarcelable. En concreto, modificamos el artículo 128 del Código Penal según el siguiente detalle:
Además, todas las escalas penales previstas en este artículo se elevan en un tercio en su mínimo y en su máximo cuando la víctima fuere menor de trece años.
Quien consume pornografía infantil requiere constantemente nuevo material, generando demanda y por lo tanto oferta. Esta necesidad de producir para satisfacer la demanda es el abuso sexual en sí, con la utilización de los menores de edad y la consecuente vulneración de sus derechos. Por eso la demanda es un eslabón más del abuso sexual. La tenencia es parte del circuito, debemos penarla para darle protección a niños y adolescentes y castigar a quién participan en ese circuito delictivo de abuso, oferta, demanda y consumo que genera la pornografía infantil.
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