Punto por punto, las diferencias entre los proyectos de legalización del aborto en el país

La editora de género de Unidiversidad, Julia López, dialogó en "Like a las 10" sobre las claves del proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito y del documento enviado por el Ejecutivo nacional.

Sociedad

Like a las 10

Aborto legal

Señal U

Publicado el 23 DE NOVIEMBRE DE 2020

El presidente Alberto Fernández anunció el envío de un proyecto de ley que legaliza la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y poco después se conoció el contenido. Su redacción es bastante similar a la del proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito –que ingresó por octava vez el 28 de mayo de 2019 al Congreso–, pero difiere en algunos detalles, como la incorporación de la objeción de conciencia.

En primer lugar, la similitud más notoria es que establece la legalización y despenalización del aborto hasta la semana 14 de gestación (inclusive). También sostiene el derecho a acceder a la IVE pasado ese plazo de acuerdo a causales: si el embarazo es producto de una violación –en el caso de ser menor de 13 años, no se requerirá declaración jurada– o si estuviese en peligro la vida o salud integral de la mujer o persona gestante.

“Es responsabilidad del Estado cuidar la vida y la salud de quienes deciden interrumpir su embarazo durante los primeros momentos de su desarrollo”, había afirmado el presidente en su anuncio. El sistema de salud público, las obras sociales y las prepagas deberán brindar gratuitamente la IVE.

A diferencia del proyecto de la Campaña –que propone la no punibilidad fuera del plazo si el aborto se practica con el consentimiento de la persona que aborta–, el Ejecutivo sostiene la punibilidad si se realizara fuera del plazo y sin justificar una causal. Es decir, a pesar de haber afirmado en su discurso que “la criminalización del aborto de nada ha servido”, no lo despenaliza completamente.

En su redacción, el artículo 10 del proyecto presentado por Alberto Fernández incorpora la objeción de conciencia individual –ausente en la de la Campaña–. En ningún lado se admite que una institución completa sea objetora. Por el contrario, prevé que el o la profesional de la salud que objete conciencia para realizar un aborto derive a la persona sin dilaciones y adopte las medidas necesarias para que se garantice el acceso a la práctica.

Agrega: “El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable”. Tampoco se podrá objetar conciencia para una atención sanitaria post aborto, que el sistema de salud pondrá a disposición de quienes lo requieran.

Prevé además que, en el marco de la legalización del aborto, toda mujer o persona gestante debe acceder a la interrupción del embarazo en un plazo máximo de diez días corridos desde que lo requiera. Teniendo en cuenta la urgencia ante una situación así, el proyecto de la Campaña plantea cinco días corridos.

Entre los derechos y condiciones que el personal de la salud debe garantizar en la atención del aborto y post aborto, menciona trato digno, privacidad, confidencialidad, autonomía de la voluntad, acceso a la información y calidad. “El personal de salud debe respetar las decisiones de las pacientes respecto del ejercicio de sus derechos reproductivos, las alternativas de tratamiento y su futura salud sexual y reproductiva”, detalla el proyecto.

Para realizar la interrupción del embarazo, el proyecto del Ejecutivo prevé el consentimiento por escrito de la persona gestante. Las mayores de 16 años son consideradas adultas; entre 13 y 16 años pueden prestar su consentimiento, salvo que el procedimiento implique algún riesgo para su salud o su vida, en cuyo caso necesitará la aprobación de al menos uno o una de sus representantes legales; y para las menores de 13 años, su consentimiento será informado con la asistencia de al menos uno/a de sus progenitores/as o representante legal.

Los proyectos que buscan legalizar la Interrupción Voluntaria del Embarazo tienen que ser discutidos en las comisiones de Legislación General, Salud y Acción Social, Mujeres y Diversidades, y Legislación Penal. Se espera un tratamiento ágil para que pueda votarse en las cámaras cuanto antes.

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