Que soplen vientos de reforma

En su intento por llevar adelante un proyecto de reforma de la Constitución, el gobernador Francisco Pérez ha llegado a decir que está dispuesto a “dar la vida”. Aquí las claves de los cambios propuestos y un recordatorio indispensable sobre las experiencias anteriores que fracasaron.

Que soplen vientos de reforma

Constitucion provincial de 1916

Sociedad

Unidiversidad

Rodrigo Farías

Publicado el 01 DE NOVIEMBRE DE 2012

Desde hace tres décadas distintos gobernadores vienen intentado realizar una reforma constitucional. Felipe Llaver lo intentó hacer a finales de los 80, lo mismo ocurrió con Roberto Iglesias durante su gestión iniciada a finales de los 90 y el mismísimo Julio Cobos –hoy claramente en contra- también remitió un proyecto de ley declarando la necesidad de actualizar el texto de la Constitución.

Por distintas razones estos proyectos no prosperaron, sobre todo por un fallo de la Corte de Justicia provincial en el que se estableció una interpretación que produjo jurisprudencia respecto de la norma electoral. El fallo fue respecto de una demanda que se realizó contra el resultado de las elecciones provinciales de 1987 en las que la ciudadanía voto por el sí o no de una reforma de la Constitución.

Los números de esas elecciones fueron bastante contundentes: 397.702 mendocinos aprobaron la necesidad de una reforma contra 117.054 que se opusieron. Sin embargo, la interpretación de la Corte consideró que el total de votantes se debía entender como el total de empadronados, así como considerar votos negativos a los sufragios en blanco y a los ausentes. A razón de este fallo nunca se ha logrado la mayoría necesaria para reformar la Constitución.   

El intento de Felipe Llaver durante la década del 80 no fue el único, el gobernador Roberto Iglesias en su momento también presentó un proyecto de reforma de la Constitución mediante la Ley 6896. Similar al intento de LLaver, durante las elecciones en aquel entonces la propuesta obtuvo 311.187 votos a favor contra 218.254 rechazos. Si bien tuvo una mayoría de votos a favor, los votantes  fueron considerados en base a un padrón total de 1.056.408 ciudadanos, lo cual impidió llevar adelante alguna reforma.

Otro de los gobernadores que intentó desarrollar una reforma de la constitución fue Julio Cobos, quien actualmente –paradójicamente- rechaza cualquier intento reformatorio. Durante el año 2004, a menos de un año de haber comenzado su gestión como Gobernador,  Cobos remitió un Proyecto de Ley declarando la necesidad de la reforma de la Constitución que nunca pudo ser sancionado (expte. 47930 del 2004).

Actualmente, el gobernador Francisco Pérez también está intentando llevar adelante un proyecto de reforma de la Constitución. Incluso, señaló  con énfasis -en su discurso durante el encuentro del Justicialismo desarrollado en San Martín el 27 de octubre- que es una reforma por la cual está dispuesto a “dar la vida”.

 

Algunos puntos a destacar del actual proyecto de reforma

Esperando que el gobernador no deba llegar a la instancia de sacrificar “su vida” por esta reforma, difundiremos algunos de los puntos destacados del proyecto que ha presentado el Ejecutivo. Una modesta pero significativa colaboración dado que hasta el momento poco y nada se ha comunicado desde la mayoría de los medios privados de la provincia. En general, los medios sólo se han expresado respecto de las especulaciones que giran en torno al sí o no a la reelección del gobernador, un enclave que hasta el momento ha fagocitado un debate que sin dudas es más amplio.

Uno de los ítems a destacar de este proyecto de reforma es que plantea cierta diferenciación de las corrientes constitucionales liberales de origen alberdista. Es decir, desde la concepción dogmática se establecen algunas diferenciaciones que resultan llamativas.

Un caso de esto es la ampliación de derechos: en la Constitución actual de Mendoza no se encuentran establecidos derechos que han sido extensamente refrendados por la Constitución Nacional como así también por distintos y numerosos tratados internacionales. Un ejemplo destacable de esta situación son los derechos humanos entendidos en un sentido amplio entre los cuales se pueden mencionar: la democracia participativa, los derechos de usuarios y consumidores, la defensa del medioambiente, los derechos laborales, el derecho a la salud y a la vivienda, la igualdad de género, las garantías de amparo y habeas data, el derecho de acceso a la información pública, las acciones de clase, entre otros.

Según se establece en el proyecto de reforma, los derechos humanos se sustentan sobre una serie de aspectos que resultan superadores respectos de las tradiciones alberdistas. El caso de la noción de igualdad -que sirve como uno de los principales fundamentos para  la actual noción de derechos humanos- no se establece a partir de una idea liberal sustentada en los individuos sino “entendida como igualdad real de oportunidades mediante la efectiva superación de las causas fácticas de la desigualdad que afecta a grupos minoritarios”.

En este sentido el proyecto de reforma propone un salto cualitativo respecto la constitución mendocina en el que no sólo se establece la proclama de derechos y garantías individuales sino que se comprende al individuo como parte de una comunidad en la que existen relaciones asimétricas de poder y en la que el derecho –antes que ser meramente individual- es una construcción social y colectiva.

En este punto, el texto del proyecto identifica precedentes en la reforma de la Constitución del año 1949, resultado de la Convención Constituyente celebrada ese año y que es considerada como  una “de mayor riqueza ideológica y jurídica de las que se han concretado”. Un precedente olvidado durante mucho tiempo por un sinnúmero de constitucionalistas que en su momento fue sepultado de manera fáctica por el golpe de Estado de la Revolución Libertadora en 1955, haciendo retroceder a la normativa de la provincia al texto del año 1916.

Esta incorporación es un dato no menor.

Decálogo de propuestas

A modo de señalización y bajo la promesa de ampliar durante los próximos tiempos datos referidos al debate, se señalan grosso modo algunas de las propuestas que se esbozan en el proyecto de reforma. A saber:

•             En el caso de la población de la tercera edad se propone “prever los medios útiles para atender íntegramente, tanto aspectos materiales como espirituales, de este sector cada vez mayor de la población”.

•             En base a aspectos vinculados a la diversidad sexual se propone el reconocimiento de la dignidad como así también de derechos constitucionales a nivel provincial de Lesbianas, Gays, Transexuales y Bisexuales.

•             Respecto del trabajo, en el proyecto de reforma se sostiene que resulta necesario otorgar la “categoría de derecho humano fundamental a las condiciones mínimas en que debe desempeñarse la labor humana”.

•             Otra propuesta “es incorporar a la Constitución de la Provincia el reconocimiento y reivindicación de los Pueblos Indígenas, de su prexistencia étnica y cultural, de la personería jurídica de sus comunidades, la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan y garantizar por este medio el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural”.

•             En relación al patrimonio genético se sostiene la necesidad de “incorporar en la norma constitucional, preceptos que hagan a la protección, el resguardo y la integridad del patrimonio genético y de la información sobre el mismo, entendiendo al mismo como un derecho inalienable de las personas, que no puede ser objeto de discriminaciones de cualquier tipo, quedando vedada la difusión o publicidad de la información genética suministrada”.

•             En torno a derechos reproductivos y sexuales se busca procurar “el derecho de    hombres y mujeres a la información, orientación y prestación de servicios referidos a la salud sexual, la procreación responsable y la protección de la mujer embarazada, reconociendo especial protección y atención a las niñas y adolescentes embarazadas”.

•             En relación a la edad de los votantes se sugiere incorporar “una cláusula que posibilitara a los mayores de dieciséis y menores de dieciocho, el ejercicio facultativo del sufragio, como una manera de alentar a los jóvenes a participar de la vida política y democrática de la Provincia”.

•             También se propone plantear el derecho a conocer la identidad de origen.

Estos son algunos de los puntos que se proponen para la reforma. Una discusión que dado el tenor de las propuestas de transformación que se mencionan no puede quedar reducida al debate en torno al rechazo o apoyo de la reelección del gobernador.

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