Quiénes pueden viajar desde y hacia las comunas con apertura focalizada

La Secretaría de Transporte de Mendoza estableció cómo funcionará el servicio de transporte interurbano en casos excepcionales. Qué se debe hacer.

Quiénes pueden viajar desde y hacia las comunas con apertura focalizada

Foto: Prensa Gobierno de Mendoza

Provincial

Aislamiento obligatorio

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Unidiversidad / El Sol

Publicado el 28 DE ABRIL DE 2020

Tal como lo anunció el lunes el gobernador Rodolfo Suarez, se suspenderá el transporte interurbano. A través de la resolución N.° 304, la Secretaría de Transporte estableció cómo funcionará el servicio en casos excepcionales.

Teniendo en cuenta que la cuarentena se flexibilizó en el interior de la provincia, el secretario de Servicios Públicos, Natalio Mema, explicó que “se prohíbe el transporte interurbano". "Se trata de ir aislando las zonas con mayor actividad”, añadió.

Además, el funcionario explicó que en el interior de la provincia habrá más frecuencias, ya que se incrementarán las actividades económicas.

La resolución de la Dirección de Transporte hace mención a las situaciones de aquellas personas que están obligadas a trasladarse del interior al Gran Mendoza y viceversa. “Que en la provincia existen trabajadores de la salud y de las fuerzas de seguridad que residen a más de noventa (90) kilómetros de su lugar de trabajo o que por causas de la pandemia de COVID-19 deben trasladarse hacia donde las autoridades respectivas lo requieran, como así también personas que por padecer enfermedades graves no pueden recibir atención en los hospitales o centros asistenciales más cercanos a su domicilio y personas que deben asistir a familiares enfermos obligadas a trasladarse para ello”: atendiendo esos casos es que se dispuso que el transporte regular de pasajeros de media y larga distancia solo podrá prestar el servicio en las zonas y recorridos habilitados por la Dirección de Transporte.

De esta manera, se establece que las empresas podrán realizar servicios a destinos provinciales y hacia el Gran Mendoza solamente para trasladar a personal de la salud, personal de las fuerzas de seguridad, personas que tengan turnos médicos asignados, que en este caso podrán ir con un acompañante. También se autoriza el traslado de quienes deben cuidar familiares internados en los hospitales. Para eso, deberán acreditar su condición:

  • El personal de salud deberá exhibir en las boleterías correspondientes su último bono de sueldo o credencial de profesional médico.
  • El personal perteneciente a las fuerzas de seguridad deberá exhibir en las boleterías correspondientes las credenciales que acrediten su calidad.
  • Las personas que por enfermedad grave no puedan atenderse en hospitales o centros asistenciales más cercanos a su domicilio, así como las personas que deban trasladarse para el cuidado de familiares internados en hospitales o centros asistenciales, deberán exhibir en las boleterías correspondientes un certificado médico que acredite esa situación personal o del familiar enfermo al que deban asistir.

En cuanto a aquellos que no estén comprendidos en las disposiciones que señala la resolución y, por ejemplo, tengan que viajar para trabajar, "podrán presentar un certificado laboral que acredite su situación", añadió Mema.

Mientras tanto, en Lavalle únicamente podrán prestar el servicio en los recorridos departamentales y no podrán realizar recorridos ni frecuencias hacia el Gran Mendoza, con excepción de lo dispuesto en los párrafos anteriores.

En la Zona Este, las empresas de transporte de pasajeros de media y larga distancia únicamente podrán prestar servicios en los recorridos departamentales y entre los Departamentos de San Martín, Junín, Rivadavia, Santa Rosa y La Paz, no pudiendo realizar recorridos ni frecuencias hacia el Gran Mendoza o hacia otros destinos provinciales. En la Zona Centro, las empresas de transporte de pasajeros de media y larga distancia únicamente podrán prestar servicios en los recorridos departamentales y entre los departamentos de Tunuyán, San Carlos y Tupungato, no pudiendo realizar frecuencias hacia el Gran Mendoza y hacia otros destinos provinciales.

En la Zona Sur, únicamente podrán prestar servicios en los recorridos departamentales y entre los departamentos de San Rafael, Gral. Alvear y Malargüe. No se podrán realizar frecuencias hacia el Gran Mendoza ni hacia otros destinos provinciales. En la Zona Alta Montaña, las empresas de transporte de pasajeros de media y larga distancia solo podrán prestar servicios en los recorridos zonales internos, no pudiendo realizar frecuencias hacia el Gran Mendoza.

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