Monotributo: 1 700 000 contribuyentes actualizaron su categoría

Sobre ese total, 1 128 000 confirmaron su escalafón actual; en tanto que 572 000 lo modificaron. La cifra representa un crecimiento del 130 % respecto de los anteriores procesos de recategorización.

Monotributo: 1 700 000 contribuyentes actualizaron su categoría

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Unidiversidad / Fuente: iProfesional

Publicado el 09 DE OCTUBRE DE 2017

Un total de 1 700 000 monotributistas cumplieron con la obligación deconfirmar su categoría o recategorizarse. Sobre ese total, 1 128 000 confirmaron su categoría actual, en tanto que 572 000 la modificaron. La cifra representa un crecimiento del 130 % respecto de los anteriores procesos de recategorización.

El jueves pasado venció el plazo para realizar la recategorización o bien para confirmar la categoría actual para aquellos que se encuentran registrados en la F,G,H,I,J ó K. Vale destacar que una cantidad importante de contribuyentes que confirmaron su categoría lo hicieron antes de la fecha de vencimiento a la que estaban obligados.

El cronograma de obligatoriedad para confirmar la categoría continúa de la siguiente manera:

  • Hasta el 20 de octubre quienes estén encuadrados en la D y E
  • Hasta el 20 de noviembre en la B y C
  • Hasta el 20 de diciembre en la A

 

Recategorización y baja de oficio

La AFIP considerará a los consumos (compras y gastos personales) que realizan los monotributistas en su vida cotidiana para revisar la categoría de inscripción que poseen actualmente. También verificará sus movimientos bancarios. A estos montos les adicionará un 20 % para los prestadores de servicios y un 30 % para los que venden bienes para determinar de manera arbitraria cuál es el nivel real de sus ingresos. El resultado lo comparará con el parámetro de la categoría que posee el contribuyente. Si no coincide porque es mayor, lo ubicará de oficio en la categoría superior.

Este sistema también se aprovechará para excluir a los contribuyentes que superen los parámetros de ingresos que permite el Régimen Simplificado.

El listado de los que fueron recategorizados de oficio será publicado en el Boletín Oficial y también se enviará una notificación electrónica que funciona en el servicio “e-ventanilla”. El monotributista podrá consultar los motivos y elementos de evaluación que tiene la AFIP, además de su deuda, ingresando al sitio denominado “Monotributo-Recategorización de Oficio (MOREO). También estará la opción, dentro de la página web del ente recaudador, de presentar un recurso de apelación por la medida tomada.

Dentro del control también se tendrán en cuenta los otros ingresos ajenos al monotributo, como los de relación de dependencia, que adicionalmente obtienen las personas.

En el portal del monotributo, que funciona en la página web de la AFIP, se pueden consultar los datos, los desvíos y la deuda que la AFIP tiene de cada monotributista.

 

Consecuencias

Diego Fraga, socio del estudio RCTZZ explicó a iProfesional que quienes no cumplan con la recategorización o con la confirmación de su categoría se les “producirá la suspensión temporal de la visualización de la ‘Constancia de Opción Monotributo’”, hasta que se regularice su situación. "Aunque no lo diga expresamente el precepto, ello significaría que ante este mero incumplimiento formal –que ya se encuentra sancionado con multas–, la AFIP impondría una descomunal sanción encubierta, sin fundamento en ley. Esto vulnera seriamente los derechos constitucionales de los afectados", advirtió.

Una sanción similar se había incorporado hace tiempo para quienes no cumpliesen con el ahora derogado régimen de información para monotributistas. "También existen normas parecidas –con ridículas sanciones impropias- en otros regímenes informativos que todavía no se han derogado", añadió el socio del estudio RCTZZ.

 

Pago electrónico

Asimismo, ya no se podrá pagar más la cuota del Monotributo por la ventanilla del banco. La fecha límite para las categorías más bajas (A, B y C) será el mes de noviembre, medida que ya rige para las categorías superiores. La única forma de abonar las cuotas será por pago electrónico. Por ejemplo, adhiriendo el vencimiento al débito de una tarjeta de crédito o cuenta bancaria, o generando un volante electrónico de pago (VEP), entre otros.

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