Una oportunidad para Cristian

El 30 de agosto la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) deliberó en torno a una solución para Cristian Soldán, quien continúa preso en la cárcel de Almafuerte pese a que la condena que recibió cuando era menor de edad es considerada humillante, inconstitucional y violatoria de la Convención Sobre los Derechos del Niño.  

Una oportunidad para Cristian

La Convención de los Derechos del Niño prohíbe expresamente que los Estados sancionen con perpetua a menores de edad, sin posibilidad de excarcelación. Foto Axel Lloret.

Sociedad

Unidiversidad

Eva Guevara

Publicado el 03 DE SEPTIEMBRE DE 2012

En los últimos 16 años Cristian Saúl Soldán Cajal ha recorrido todos los módulos carcelarios de Mendoza, primero en el penal de Boulogne-Sur-Mer y después en el nuevo establecimiento ubicado en la localidad de Cacheuta.  Es uno de los condenados a cadena perpetua por un delito que cometió cuando era menor de edad. 

La pena fue impuesta por el Tribunal Penal de Menores de la Primera Circunscripción de Mendoza, un órgano que acumula el triste récord de haber dictado tres de estas condenas a perpetuidad a menores, actitud que trajo como consecuencia el inicio de un proceso internacional contra la República Argentina por graves violaciones a los derechos humanos. Tales sanciones no sólo fracasaron en su objetivo supuestamente resocializador (pasaban 24 horas de encierro en celdas diminutas, mezclados con adultos y eran sistemáticamente torturados) sino que, además, la Convención de los Derechos del Niño prohíbe expresamente que los Estados sancionen con perpetua a menores de edad, sin posibilidad de excarcelación. 

Esto fue lo que ocurrió en Mendoza como consecuencia de las llamadas leyes Blumberg, que lograron modificar artículos del Código Penal de manera tal que las personas acusadas de homicidio no pudieran ser beneficiadas con la libertad condicional. También se llega a esta situación porque existe un marco legal que permite un tratamiento penal idéntico para los adolescentes y los adultos, situación que se mantiene hasta el día de hoy pese a los varios intentos dirigidos a que prospere una reforma legal en el Congreso de la Nación.

El proceso judicial que tiene lugar en los estrados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con sede en Costa Rica, está en su tramo final. El jueves 30 de agosto tuvo lugar una audiencia pública donde se escucharon los alegatos previos a la sentencia. Si bien allí no estuvo presente Cristian, sí estuvo representado por quienes lo asisten en el proceso, los abogados Mariana Grasso y Nicolás Laino, integrantes de la Defensoría General de la Nación.

Tampoco pudo estar presente el joven Ricardo David Videla Fernández, otra de las presuntas víctimas de la que se ocupa este proceso, ya que el 21 de junio de 2005  apareció ahorcado dentro de su celda. Si bien las autoridades penitenciarias afirmaron que se trató de un suicidio, son muchas las contradicciones de los testimonios de los guardiacárceles que estuvieron ese día con el joven y sí hay evidencias de las torturas que contra él se cometían.  Esta dudosa muerte no ha hecho más que agravar la situación del Estado Nacional ya que a la imposición arbitraria de condenas de prisión perpetua hay que sumarle las violaciones a los derechos humanos ocurridas cuando estaban bajo la custodia del Estado.

Si bien la causa no trata exclusivamente los dos casos de Mendoza, -hay tres jóvenes de la provincia de Buenos Aires incluidos- expone de manera notable la manera en que particularmente la provincia ha ido asumiendo las doctrinas de mano dura con sus terribles consecuencias. Hay que recordar que al momento de dictarse estas condenas a perpetuidad, satisfacer el reclamo de seguridad era lo único que importaba. Una vez capturados los jóvenes, quiso la política criminal de entonces que no tuvieran ninguna posibilidad de obtener la libertad. Pese a tratarse de adolescentes fueron enviados a los pabellones 1 y 2 de una cárcel donde vivían ocho personas adultas por celda.

En el presente, la República Argentina no desconoce su responsabilidad internacional por la cantidad de omisiones y flagrantes  violaciones de derechos cometidos en su jurisdicción –puntualmente la muerte de Ricardo David Videla- y está plenamente de acuerdo con la idea de adecuar el sistema penal de menores a los estándares internacionales  (se han presentado varios proyectos de reforma que no han prosperado en el Congreso nacional). Aun así, en el curso de este proceso, interpreta de manera diferente el alcance que pueda tener una sanción internacional en su contra. 

Estas diferencias quedaron en evidencia en la última audiencia celebrada en Costa Rica.   Para la defensa del Estado hubo un error de juzgamiento, es decir, los jueces bien pudieron optar por aplicar penas más reducidas pero decidieron no hacerlo, por lo tanto razonan que si de lo que se trata es de hacer crecer la institucionalidad, o sea hacerla evolucionar, tal objetivo no se condice con conclusiones exclusivamente basadas en la observancia del sistema y sus leyes. “Acá el problema es la falsa creencia de que se puede hacer cualquier cosa”, señalaron.

En cambio, para los representantes de los jóvenes condenados, la actuación de la Corte es poner en crisis el rol del Estado, es decir, no basta con reconocer que hay procesos que efectivamente hablan bien del país y significan un avance: en la Argentina es importante la recepción de los Tratados Internacionales, se han creado instituciones de vanguardia que no existen en otros países  y se ha reducido la tasa de criminalización de menores en infracción a la ley penal, etc.

Esta discusión no es tan abstracta como parece a simple vista, tiene consecuencias que impactan en la vida de personas concretas.  Los jóvenes continúan presos y hasta ahora no han obtenido una solución para su liberación, ítem fundamental de lo peticionado por quienes iniciaron este proceso internacional. Ante preguntas realizadas en la audiencia por los magistrados interesados en conocer las situaciones puntuales,  sus voceros informaron que esperan se resuelva la conmutación de penas por ellos formulada en la Justicia Federal argentina antes de concluido este proceso, (se estima que el fallo de la CIDH estará listo este año). Por su parte, la defensa del Estado respondió a la inquietud de uno de los jueces en cuanto a la potestad que tiene la presidenta argentina para liberarlos por simple decreto: “Hay personas que tienen que actuar –en relación a la vía jurisdiccional-, en lo que a nosotros respecta cumplimos con estar aquí, asumiendo una responsabilidad, justamente porque no se hicieron bien las cosas”, señalaron.

También para David

Fernando Peñaloza es abogado de la familia de David Videla. Puesto que David falleció,  todo el debate relativo a la conmutación de pena no viene al caso, pero eso no significa que el fallo de la CIDH le vaya a ser ajeno.  “Está en juego y la idea es que esto sirva para llegar a profundizar la investigación sobre su muerte y se pueda determinar quiénes son los verdaderos responsables”.

A juicio de Peñaloza, la audiencia vino a mostrar dos cosas. Por un lado que “lamentablemente se ha tenido que llegar a esta instancia a razón de que el Estado argentino no ha podido resolver el problema, es decir, la Corte Suprema Argentina tampoco le ha dado un corte aunque se ha pronunciado enfáticamente. En relación a los casos de Mendoza que llegaron a ser analizados por la Comisión Interamericana es importante decir al menos que el problema existe, porque si bien la Corte Suprema de Justicia de Mendoza ha dictado un fallo conmutando la pena, sigue pendiente una reparación 16 años después que Cristian fuera condenado”.

“En segundo lugar, creo que la oportunidad del fallo tiene que servir para empezar a ponerle nombre a lo que hasta ahora es sólo una denominación genérica en materia de responsabilidades. Es decir, se habla de la responsabilidad del Estado Nacional, o bien, el Poder Judicial de tal o cual lugar, y yo creo que en  Mendoza hay que traspasar ese umbral ya que las tres condenas que se dictaron fueron impuestas por un mismo tribunal penal de menores, que es el que integran los doctores  Eduardo Brandi, Carlos Parma y Oscar León (que ya está jubilado).  Es hora que den ellos una respuesta ya que en el 2009, muy sueltos de cuerpo, dijeron que era una pena legal que no presentaba problemas, que los tribunales iban a avalarlos y que nunca debieron haber sido cuestionados. Hoy, con el dictamen crítico de la Comisión Interamericana y con un escenario tan trágico para los menores que fueron condenados, la respuesta no puede ser que materialmente  no son  responsables”. 

En otro orden, Peñaloza subrayó que otro ribete que va a traer este fallo son las recomendaciones de acuerdo a los pedidos que se le han hecho al Estado nacional para averiguar qué pasó con Ricardo David Videla. 

“El chico estaba sometido a la jurisdicción interamericana, es decir, bajo la órbita da la comisión en el momento en que se produce su muerta dudosa. Por eso, en su momento la Corte toma la posta y pide que se investigue dicha muerte, algo que el Estado hizo muy livianamente, tan es así que luego de una actuación muy superflua el caso terminó en el archivo sin ningún imputado”.

 

Audiencia Pública. Caso Mendoza y otros Vs. Argentina from CorteIDH on Vimeo.

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