No hay 2x1 para Muiña

La Cámara Federal de Casación dejó sin efecto la medida de la Corte Suprema de la Nación que desvinculó al represor Luis Muiña de los homicidios agravados de Jorge Mario Roitman y Jacobo Chester.

No hay 2x1 para Muiña

Luis Muiña (izquierda) fue el primer represor beneficiado por el 2x1. Foto: publicada por APU.

Derechos Humanos

2x1 para genocidas

Unidiversidad

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Publicado el 23 DE JUNIO DE 2017

La Cámara Federal de Casación dejó sin efecto este 23 de junio el sobreseimiento de Luis Muiña, quien a pesar de haber sido un represor civil condenado en 2011 a 13 años de prisión por secuestros y torturas, recibió en mayo por parte de la Corte Suprema el beneficio 2x1.

Aplicarán el 2 x 1 en un caso de delitos de lesa humanidad

La Corte Suprema declaró aplicable la Ley 24390, que estuvo vigente entre 1994 y 2001, en el caso de Luis Muiña; votaron en disidencia Lorenzetti y Maqueda.

Los jueces de la Sala IV del máximo tribunal penal del país, Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani, revocaron el sobreseimiento de Muiña por unanimidad, y ordenaron que prosiga su juicio ante el Tribunal Oral Federal 2 de la Capital Federal, informó hoy el CIJ, sitio de noticias del Poder Judicial.

Este fallo dejó sin efecto la medida de la Corte Suprema que había beneficiado a Muiña, desvinculándolo de los homicidios agravados de Jorge Mario Roitman y Jacobo Chester, médico y empleado del  Hospital Posadas de Buenos Aires respectivamente.

Para el TOF2 los hechos considerados en el nuevo juicio son los mismos que los de la causa previa, aunque calificados jurídicamente de manera más grave, en violación a la garantía constitucional contra la persecución penal múltiple (ne bis in ídem).

En el voto de Hornos -al que adhirieron los demás integrantes de la Sala IV-, el magistrado enfatizó que el "ne bis in ídem" alcanza a los juicios por graves crímenes contra la humanidad, que deben llevarse adelante con todas las garantías de la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.

No obstante, entendió que en el caso no se encuentra acreditada la afectación a ese principio porque las conductas por las que acusa a Muiña en esta oportunidad (homicidio) resultan distintas a las del juicio anterior (secuestros y torturas), por el momento y de acuerdo a cómo fueron descriptas por la fiscalía y las querellas.

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