Por qué el Damsu modificó el valor de sus cuotas

La obra social de la UNCUYO implementó una serie de medidas para garantizar el funcionamiento del servicio médico. Su directorio explicó los motivos de la decisión a través de un comunicado.

Por qué el Damsu modificó el valor de sus cuotas

El Damsu implementará nuevas medidas para garantizar el servicio. Foto: UNCUYO

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Publicado el 04 DE DICIEMBRE DE 2019

El directorio del Departamento de Asistencia Médico Social Universitario (Damsu) determinó cambios en ítems de descuentos y prestaciones de afiliados para garantizar el buen funcionamiento de la obra social universitaria. Los aumentos y las razones de los mismos, en esta nota.

Se hicieron incrementos del 0,43 % en el Fondo Compensatorio Solidario y del 0,25 % en el Fondo de Discapacidad.

 

Al respecto, desde Damsu explicaron lo siguiente:

El Fondo Compensador Solidario se creó por resolución de Directorio en 1991 y se ratificó a posteriori por la Asamblea de Afiliados. Su implementación definitiva se realizó en 1993 y se incorporó la totalidad de los afiliados al Fondo con la posibilidad de la baja voluntaria. Por aquel entonces, las prestaciones médicas (estudios de alta complejidad, nuevas intervenciones quirúrgicas, planes especiales, entre otros) crecían a un ritmo importante. En este sentido, Damsu tuvo la necesidad de gestar el Fondo para poder brindar a sus afiliados un mejor servicio que contara con mayores coberturas dentro de lo que la medicina ponía a disposición.

En 2001 se sancionó la ley de Plan Médico Obligatorio, por el que se impuso legalmente a los financiadores de salud la obligatoriedad de suministrar un conjunto de prestaciones y medicamentos. Sumado a esto, el avance científico y tecnológico creció vertiginosamente acompañado de nuevas y más costosas prestaciones médicas. La legislación comenzó a acompañar este avance, imponiendo a los financiadores la obligatoriedad de la cobertura de las nuevas prestaciones, sin prever los recursos que se necesitaban para financiarlas, lo que provocó un profundo problema de sostenibilidad.

En esta instancia, el Damsu es un departamento con autonomía administrativa, integrante de la UNCUYO. Es decir, al no conformar las obras sociales sindicales o universitarias, no recibe ningún aporte o financiamiento, como las provenientes del Fondo Solidario de Redistribución, a diferencia de esas entidades que sí lo perciben. Todos los recursos de esta obra social provienen exclusivamente del aporte de sus afiliados y de las contribuciones patronales de la Universidad, ambos dependientes del nivel salarial de sus afiliados.

En ese marco de evolución, aquellas prestaciones que en su origen tuvieron cobertura diferencial por aportar al Fondo hoy están, en su inmensa mayoría, cubiertas obligatoriamente por Damsu. Es decir, hoy, aportando o no al Fondo, todos los afiliados tienen derecho a las mismas prestaciones. Por ejemplo, si una afiliada quiere llevar adelante un tratamiento de fertilización asistida, Damsu debe cubrirlo en el 100 %, aporte o no al Fondo Compensador. Lo mismo sucede con el resto las prestaciones obligatorias (leyes de discapacidad, patologías crónicas, oncológicos, nuevas intervenciones, etc.).

El Fondo ha perdido su sentido de financiador diferencial, pues aquel aspecto de calidad en la prestación asistencial, que en su origen era optativo, hoy es obligatorio. Sin embargo, hay que remarcar que no es que desapareció la prestación ni la demanda de su gasto: el gasto sigue igual, aporte o no al Fondo. Es decir, el financiamiento, lejos de volverse prescindible, es absolutamente necesario y progresivamente insuficiente.

Entonces, si en la actualidad la prestación o el medicamento deben ser obligatoriamente cubiertos por Damsu, el financiamiento proveniente del Fondo Compensador no solo no puede dejarse de lado, sino que se impone otorgarle carácter de solidario; por ello es necesario transformarlo en obligatorio. Hoy, se incorporaron al Fondo 600 afiliados titulares que no aportaban y 400 cónyuges titulares a quienes no se les descontaba esta alícuota porque el aporte recaía únicamente en el otro integrante de la pareja.

Asimismo, por razones de equidad, se modifica el cálculo del aporte. La resolución de creación del Fondo impuso alícuotas menores para los haberes más altos y mayores para los haberes más bajos, de forma tal que los cargos más altos aportaban el 1 % de sus haberes y, para los salarios más bajos, las alícuotas llegaban hasta el 4 % del haber. Por ello, se juzgó con estricta justicia imponer una alícuota igual para todos los haberes. Tal como rige para el descuento de aporte personal, para los salarios muy bajos y/o con poca dedicación, rige un mínimo que se calcula sobre un haber de referencia, compensando con ello el derecho a la totalidad de los beneficios de Damsu.

Adicionalmente, la antigua reglamentación disponía que el afiliado con más de un cargo u horas cátedra aportara al Fondo solamente por la liquidación más alta. Hoy, se dispone el aporte por la totalidad de los haberes.

Finalmente, la alícuota unificada para la totalidad de los aportes se fijó en el 2 %. El conjunto de estas modificaciones arroja una recaudación adicional de aproximadamente $ 4,5 millones de pesos mensuales. Con esta medida se compensa, poco menos de dos tercios el déficit esperado, según el presupuesto elaborado para el ejercicio 2019/2020.

El director del Damsu explicó los motivos del aumento en la cuota

Sociedad Radio U Dale! / por Radio U/ Unidiversidad / Publicado el 04 DE DICIEMBRE 2019 Flavio Arjona, director general del Departamento de Asistencia Médico Social Universitario (Damsu), se refirió en Radio U al nuevo incremento en los aportes de los trabajadores. Explicó que los aumentos se tuvieron que realizar debido al contexto económico nacional.

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