Período de prueba, indemnizaciones y despidos, entre los cambios que introdujo la reforma laboral
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Este viernes el Gobierno nacional ratificó la continuidad del Programa de Recuperación Productiva (REPRO) hasta el 31 de diciembre próximo. Dicho programa comenzó a implementarse hace casi 14 años.
Ministro de Trabajo: Jorge Triacca
El Ministerio de trabajo informó la vigencia sobre el Programa “Repro”, que subsidia a las empresas para pagar parte de los sueldos a fin de que los empresarios se abstengan de despedir empleados se prorrogará hasta el 31 de diciembre próximo. Así quedó plasmado a en la resolución del Ministerio de Trabajo, publicada en el Boletín Oficial.
"Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2016, la vigencia del Programa de Recuperación Productiva creado por la Resolución Ministerio de Trabajo Nº 481 del 10 de julio de 2002 y sus modificatorias", según el primer artículo del texto oficial.
El Ministerio ratificó, además, que las empresas cuyas solicitudes fueran aprobadas, "se comprometerán a abonar a los trabajadores beneficiarios del Programa el suplemento en dinero necesario para alcanzar el salario establecido para la categoría de que se trate en el Convenio Colectivo de Trabajo aplicable a la actividad correspondiente".
También, las compañías deben comprometerse a "mantener la dotación total de personal registrada al momento de la presentación de su solicitud y/o aprobación de la misma y a abstenerse de disponer despidos sin causa y por razones de fuerza mayor", según la resolución publicada este viernes.
La medida estableció asimismo que la obligación de mantención de la nómina total de personal "podrá ser exceptuada en los casos de las empresas que cuenten en su nómina de trabajadores contratados bajo el régimen del contrato de trabajo de temporada, situación que deberá ser fehacientemente comunicada y acreditada por el empleador al momento de su adhesión, la cual tendrá que estar estrictamente vinculada con la actividad que la empresa desarrolle".
El Ministerio recordó que no podrán ser beneficiarios del Programa las empresas que se encuentren incluidas en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) de la ley 26.940. Del REPRO no podrán ser beneficiarios los trabajadores menores de 18 años.
Y podrá disponerse el otorgamiento del beneficio "por un lapso de hasta 12 meses y por una suma fija mensual de carácter remunerativa de hasta el monto equivalente al salario mínimo, vital y móvil, a favor de los trabajadores de las empresas adheridas al Programa", resaltó la resolución.
El REPRO, vigente desde 2002, está destinado exclusivamente a trabajadores que prestan su labor en sectores privados "en declinación y áreas geográficas en crisis", y que tiene por objeto brindar una ayuda económica no remunerativa a los mismos en miras a paliar los efectos negativos en su relación de empleo, según el Poder Ejecutivo.
"Teniendo en cuenta los logros obtenidos mediante la implementación de este Programa, en relación al mantenimiento de puestos de trabajo existentes, el mejoramiento de las condiciones laborales de los trabajadores involucrados, así como también considerando el significativo apoyo que los beneficios del mismo produjeron en los procesos de recuperación y crecimiento de las empresas participantes para la generación de nuevos empleos, resulta pertinente prorrogarlo", destacó la Casa Rosada.
A su vez el Ministerio recordó que la Ley 27.200 dispuso una nueva prórroga de la declaración de Emergencia Ocupacional Nacional hasta el 31 de diciembre de 2017.
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