Baja en la edad de imputabilidad: una jueza penal de menores dijo que nada cambiará sin presupuesto
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27 DE FEBRERO DE 2026
Una empresa presentó una demanda de inconstitucionalidad de la ordenanza emitida por la municipalidad de Maipú. La decisión podría incidir en el resto de las comunas. Informe del periodista Víctor Sangiorgio.
La Suprema Corte de Justicia escuchó este lunes los argumentos a favor y en contra de la venta de pirotecnia para decidir si es constitucional que una ordenanza municipal prohíba la venta del producto en su territorio. El caso específico enfrenta a la empresa Sauda contra Maipú. La sentencia podría sentar precedente para el resto de la provincia. El próximo paso deberá ser el fallo que emita al respecto el Máximo Tribunal de Justicia de la provincia.
Solo resta que cuatro departamentos en Mendoza prohíban la venta de estos productos en su territorio. Los que sí tomaron esta decisión se basaron, sobre todo, en el perjuicio que ocasionan a las personas que presentan autismo y a los animales. Germán Ejarque, presidente de la Asociación por Más Inclusión, comentó: "Queremos que los municipios que faltan, se adhieran a la prohibición de pirotecnia".
En tanto, Gabriela Neto, asesora legal del municipio de Maipú, explicó que: "La posición en esta audiencia es la misma que tiene el municipio en su gestión, que busca salvaguardar los derechos de las personas con capacidades diferentes y el ambiente".
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