Palabra de Aída: el nuevo Código Civil requiere de jueces renovados

La exministra de la Suprema Corte de Justicia Aída Kemelmajer de Carlucci dijo durante una conferencia en la Facultad de Derecho de la UNCUYO que el nuevo Código Civil y Comercial Unificado requeriría jueces capaces de pensar, ponderar y, sobre todo, mirar lo que pasa a su alrededor. 

Palabra de Aída: el nuevo Código Civil requiere de jueces renovados

Especiales

Verónica Gordillo - Fotos : Axel Lloret

Publicado el 04 DE DICIEMBRE DE 2014

“Muchos jueces dijeron: 'Si se aprueba este Código me voy'. Pues que se vayan, porque no están dispuestos a pensar”. La frase salió de boca de la exministra de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza Aída Kemelmajer de Carlucci durante la conferencia inaugural de la Diplomatura en el Nuevo Código Civil y Comercial Unificado, que se dictará a partir de marzo en la Facultad de Derecho de la UNCUYO. 

Kemelmajer de Carlucci dio el puntapié inicial a la diplomatura y habló sobre el rol del juez en relación con el nuevo Código Civil y Comercial Unificado. Fue clara: les dijo a los presentes, entre lo que había estudiantes, profesores y público en general, que la norma requería un magistrado activo, que fuera capaz de ponderar, de ser razonable, prudente y que sobre todo mirara lo que pasaba alrededor.

Nadie mejor que la profesora titular de Derecho Civil de la UNCUYO para explicar qué se espera del juez. Fue coautora del nuevo Código, junto al presidente de la Corte Suprema de Justicia, Ricardo Lorenzetti, y a la ministra Elena Highton de Nolasco, además de recibir los aportes de más de cien especialistas.

Después de años de trabajo y de que tanto el Poder Ejecutivo como los legisladores introdujeran cambios en el texto, finalmente se aprobó los primeros días de octubre y fue promulgado una semana después. La norma reemplazará al Código Civil de Dalmasio Vélez Sarfield de 1869 y entrará en vigencia a partir de 2016, aunque el oficialismo presentó una iniciativa, que ya tiene media sanción, para adelantar esa fecha a agosto de 2015.

El nuevo Código introduce cambios sustanciales: no se centra en una mirada patrimonialista sino en la persona. Así, las innovaciones más importantes están enfocadas en el derecho de las personas y la familia: modifica el actual régimen ganancial como único posible dentro del matrimonio, determina que el divorcio puede ser solicitado en forma individual o conjunta y elimina la necesidad de invocar una causal. Además reconoce las uniones convivenciales, regula los métodos de reproducción asistida, simplifica el régimen de adopción, prioriza el interés del niño por sobre el de los adultos, legisla los contratos celebrados por medios electrónicos y establece un régimen específico de protección del consumidor, entre otros aspectos.


Sentencias que se cumplan

Según la doctora en Derecho, este nuevo Código Civil y Comercial Unificado requiere también un nuevo juez, uno que sea capaz de aggiornar sus prácticas, de mirar lo que pasa en su entorno, de buscar soluciones para que las sentencias se cumplan.

Kemelmajer comentó que el Código ingresaría en lo que se denominaba "neoconstitucionalismo" (la Constitución impregna, condiciona en forma sustancial la legislación y  la jurisprudencia), lo cual se mostraría con una omnipresencia de la Constitución. Esto incluye todos los tratados internacionales a los que el país adhirió y que pasaron a formar parte del bloque constitucional.

La exmagistrada explicó que la nueva norma era judicialista, que no tenía miedo a los jueces, justamente porque eran los que debían decidir. Como una muestra de esto, dijo que en el texto la palabra juez se repetía cientos de veces.

Frente a esto fue que la profesional recalcó que este Código requería un juez que fuera capaz de ponderar. Apeló a su capacidad docente y dio un ejemplo: comentó que usualmente, cuando había un divorcio, la casa quedaba para la persona que vivía con los niños y niñas, con la intención de protegerlos, de evitar que cambiaran su rutina, su barrio. Pero comentó que un juez italiano debió pensar nuevas opciones, porque el padre de los niños tenía una discapacidad y la vivienda estaba adaptada a sus necesidades, lo que además le permitiría trabajar y, por ende, brindar lo necesario a los chicos para su normal desarrollo. En ese caso, dijo, el juez ponderó y decidió que en la vivienda se quedaba el padre, porque de lo contrario era imposible que esa persona pudiera seguir adelante con su rutina diaria.

Durante la charla, Kemelmajer repitió un concepto: la necesidad de que los magistrados ponderaran la información, que no sería otra cosa –les aseguró que pensar y mirar la realidad que los rodeaba. Recalcó que la racionalidad y la prudencia siempre debían primar en las decisiones que tomaran.

La exmagistrada explicó que el nuevo Código contenía más principios que reglas casuísticas, es decir, que incluía reglas generales que se debían respetar, como el derecho de las personas a recibir información en los proceso de familia, por dar un ejemplo. De ahí en más, y teniendo esos principios como rectores, explicó, que el juez debería ponderar para dejar de lado las sentencias que no se cumplirían y ser el responsable de analizar las posibilidades y buscar caminos alternativos para que se pudieran cumplir.

Para la profesora, la nueva norma amplía el campo de las facultades judiciales. “No queremos una Justicia con los ojos vendados, sino que queremos una Justicia que mira lo que pasa, sin la venda y resolviendo casos”, recalcó.

Kemelmajer analizó artículos del texto referidos al derecho de Familia, a los actos jurídicos, contratos de obra y servicios, prescripción y caducidad, donde quedó claro que, si bien existirían principios generales a cumplir, sería el magistrado el que después analizaría la situación, ponderaría y resolvería, un espacio donde tendría amplias facultades.

La exjueza recalcó que era responsabilidad de los magistrados pensar soluciones reales para que las sentencias se cumplieran, sobre todo en relación con el régimen de alimentos y de comunicación (mal llamado de visitas). Dijo que se debían tomar medidas razonables para asegurar su eficacia.

Otra vez, tomó como ejemplo un caso que resolvió un juez de Santa Fe. Un padre no pagaba la cuota alimentaria del niño pero todos los años viajaba al exterior, entonces el magistrado determinó que no podía salir al exterior hasta que cumpliera con su obligación.

Cuando concluyó la exposición, muchos de los presentes hicieron preguntas relacionadas con distintos aspectos del código. Incluso algunos profesores plantearon el desafío que tenían por delante. Kemelmajer habló sobre la necesidad de implementar nuevas metodologías educativas, dijo que había que enseñar a los alumnos a argumentar y contra argumentar, a contraponer. Los desafió al asegurar que la mayoría de los temas se podían enseñar desde esa nueva perspectiva.

Fuente: Edición UNCUYO

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