Envejecimiento poblacional: el desafío de Mendoza es capacitar en cuidados
La provincia, en consonancia con el resto del país, consolidó el proceso de envejecimiento ...
19 DE ENERO DE 2026
La ordenanza que prohíbe las expresiones artísticas es la 10592/79, esta norma fue sancionada bajo la última dictadura militar, en el año 79, y establece que “queda prohibido en todo el ámbito terrestre o aéreo de la Comuna la emisión de sonidos por medio de parlantes u otros elementos similares, ya sea con fines publicitarios o emisiones musicales”.
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Los artistas callejeros convocan a participar de la movilización por el Arte Callejero que se llevará a cabo este viernes a las 10 en el kilometro 0 y se dirigirá hacia la explanada de la municipalidad de la Capital.
Presidente del Concejo Deliberante de la Capital - Realizada por Priscila Jardel Castello
Integrante de la banda de jazz callejera Biciswing - Realizada por Priscila Jardel Castello
edición universidad, arte callejero, movilización, ordenanza 1059279,
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19 DE ENERO DE 2026
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16 DE ENERO DE 2026
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15 DE ENERO DE 2026