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Botellas: dónde almacenamos un bien escaso como el agua

El agua potable, tal como las aguas envasadas, está contemplada en el Código Alimentario Argentino (C.A.A.) en el Capítulo XII, del artículo 982 al 995 inclusive. La legislación es muy estricta en cuanto a condiciones microbiológicas y nivel de contaminantes que deben cumplir los diferentes tipos de agua para ser potable. Aquí, el aporte de una docente de la Facultad de Ciencias Agrarias de la UNCUYO.