Letra legal: por qué debe aplicarse el escalafón de prensa
La Corte avaló la vigencia del artículo 58 del convenio colectivo 17/75. Rige el escalafón salarial de los/as trabajadores/as que las empresas mediáticas mendocinas se niegan a pagar.
La Corte avaló la vigencia del artículo 58 del convenio colectivo 17/75. Rige el escalafón salarial de los/as trabajadores/as que las empresas mediáticas mendocinas se niegan a pagar.
La represión de la Policía Federal y la Gendarmería a trabajadores y organizaciones sociales, que el lunes 7 y el martes 8 de julio cortaron vías de circulación en reclamo de fuentes de trabajo y mejores condiciones salariales, muestra un desplazamiento preocupante en la política de no represión de la protesta social.
La audiencia pública que convocó la Suprema Corte de Justicia de Mendoza fue una radiografía de las posiciones de las partes en pugna por la aplicación o no del Convenio Colectivo de los trabajadores e prensa que las empresas periodísticas se resisten a respetar. Aquí un repaso de la cobertura de Edición UNCUYO a través de la red social Twitter.