Una ley que genera igualdad: cambiadores de bebés en los baños de varones

Es una iniciativa de la diputada Sonia Carmona (FPV) y deberá implementarse en todos los espacios de uso público.

Una ley que genera igualdad: cambiadores de bebés en los baños de varones

Baños de hombres deberán tener cambiadores para bebés. Foto: La Nación.

Provincial

Unidiversidad

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Publicado el 10 DE MARZO DE 2017

El proyecto presentado por la diputada Sonia Carmona (FpV) sobre la colocación de cambiadores de bebés en los sanitarios de varones, en espacios públicos y privados de uso público, fue aprobado por el Senado de la Provincia de Mendoza. El Poder Ejecutivo debe reglamentarlo en el plazo de 90 días a partir de su promulgación.

Es una norma que genera igualdad, ya que beneficia a los papás, que muchas veces tienen que cambiar a sus hijos y no cuentan con un espacio para hacerlo, como para las mujeres, que están obligadas a realizar esta tarea en todo momento, ya que los cambiadores de bebés están instalados en los baños destinados a ellas, por defecto. 

Sonia Carmona piensa que en el contexto de los últimos años "donde la mujer debe salir a trabajar, quedamos defasados en infrastructura, por ejemplo en el Estado. En la Legislatura hay muchos padres que están separados o la madre de su hijo tiene que trabajar y no tienen dónde cambiarlo

Además la diputada considera que en esta idea de "compartir roles entre hombre y mujeres y romper con ese mandato social de que sólo la mujer tiene el rol de cambiar a su bebé es en donde se planteó el proyecto. Hay que brindar herramientas para dar respuestas a los cambios que se generan en los signficados de maternidad y paternidad en la sociedad".

En este sentido, Carmona señaló que otras leyes se orientan a este punto: como la de "licencia de paternidad que se extendió a 15 días, cuando antes sólo eran 2 y el padre debía perderse ese momento tan importante; además de no poder realizar ciertas tareas" por tener que reincorporarse a su trabajo. Y también la Ley de igualdad al acceso a la justicia que establece que las mujeres víctimas de violencia tengan las mismas posibilidades que los victimarios: "Las personas agresoras tenían una constitución que los defienda, no así las mujeres que sufrían violencia", explicó.

La diputada expresó que otro punto importante es evaluar si estas leyes "verdaderamente se cumplen, en qué áeras funcionan, cuántos profesionales hay y si éstos están formados adecuadamente".

Antecedentes 

El Concejo Deliberante de la Capital  fue el  precursor de esta norma, a través de la sanción, en noviembre de 2016, de la Ordenanza 3911 

En la misma, se plantea el objeto de promover "su implementación en dependencias del Municipio, espacios públicos y en establecimientos privados tales como: restoranes, confiterías, cafés, locales de comida rápidas, establecimientos de diversión infantil, clubes, que alberguen sanitarios para hombres, mujeres y discapacitados".  Así como también el objetivo de lograr "un lugar de convivencia en el que las personas puedan desarrollar en libertad sus actividades con pleno respeto a la dignidad y a los derechos de los menores en uso de pañal".

Pero la ciudad pionera en Argentina, fue Posadas, capital misionera. En diciembre de 2015, el Concejo Deliberante de esa ciudad aprobó una Ordenanza similar. Luego en julio de 2016, la ciudad de Córboba hizo lo propio: La norma implica que cuenten con un cambiador para bebés en sanitarios masculinos y femeninos restaurantes, anfiteatros, auditorios, cines, teatros, bibliotecas, iglesias, salas de convenciones, exposiciones, salas de juegos, salones de fiesta y establecimientos cuya superficie sea igual o mayor a dos mil metros cuadrados cubiertos, explica La Nación.