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03 DE OCTUBRE DE 2024
Se trata de Gustavo Fehlmann, fiscal de Godoy Cruz y exprofesor de Derecho Procesal Penal en la Universidad Champagnat, "por constituir una conducta indecorosa y que afecta los derechos de la mujer".
El fiscal está señalado por presunto acoso sexual a una estudiante de la Universidad Champagnat. Foto: MDZ.
En septiembre de este año, Alejandra Ciriza, activista y militante por los derechos de la mujer, denunció a Fehlmann en la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y en los Tribunales de la Provincia por tener una conducta extorsiva e impropia de un docente y desconocer el derecho de la mujer a una vida libre de violencia, que es constitucional desde el año 1985, luego de que una alumna lo acusara de haberle pedido un “favor sexual” a cambio de aprobar la materia que dictaba.
En tanto, el pasado miércoles 23 el presidente de la Comisión de Defensa de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA), Carlos Alberto López De Belva, lo denunció ante la Relatoría de la ONU -a título estrictamente personal- tras enterarse de que el fiscal mendocino se encuentra concursando para un cargo de juez de Tribunal Oral Federal de Mendoza "y atento a los graves hechos que ha sido publicados en relación a afectación de derechos de la mujer".
El defensor de derechos humanos adjunta como prueba la nota del diario Mendoza Post del 13 de septiembre, que señala que el fiscal Gustavo Fehlmann, siendo profesor de la Universidad Champagnat, habría pedido sexo a una alumna a cambio de ponerle una buena nota.
López de Belva asegura que el fiscal, de acuerdo a los hechos descriptos en la nota del Mendoza Post, habría violado la Convención de Belem Do Pará, que en su preámbulo claramente establece que “la violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidad humana y una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres” y en su artículo 4 establece que la mujer tiene “el derecho a que se respete su integridad física, psíquica y moral”.
También habría ignorado la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), que dispone que “la discriminación contra la mujer viola los principios de la igualdad de derechos y del respeto de la dignidad humana, que dificulta la participación de la mujer, en las mismas condiciones que el hombre, en la vida política, social, económica y cultural de su país, que constituye un obstáculo para el aumento del bienestar de la sociedad y de la familia y que entorpece el pleno desarrollo de las posibilidades de la mujer para prestar servicio a su país y a la humanidad”, entre otras disposiciones.
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