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El fallo lo realizó la jueza de Garantías, Alejandra Alonso, en una nueva audiencia por el caso de abusos a menores cometidos en ese establecimiento de Luján. La jueza previamente rechazó el pedido de prisión domiciliaria que había realizado la defensa de Graciela Pascual.
Instituto Antonio Próvolo, Luján de Cuyo. Foto: Axel Lloret.
Abusos en el Instituto Próvolo
Unidiversidad / Noelia Delgado - Rodrigo Armiento
Publicado el 20 DE SEPTIEMBRE DE 2017
Tras una nueva audiencia realizada este miércoles en torno al caso de abusos cometidos a niños y niñas discapacitados/as en el Instituto Antonio Próvolo, la jueza de Garantías, Alejandra Alonso, rechazó el pedido de libertad de Graciela Pascual, representante legal del establecimiento, y confirmó la prisión preventiva para la persona en cuestión.
Según explicó a Radio Universidad el abogado querellante en la causa, Oscar Barrera, la decisión de la jueza implica que Graciela va a continuar detenida durante el desarrollo de la investigación, hasta que se llegue al momento del debate y se dicte una sentencia.
Graciela Pascual fue imputada a fines de agosto de este año como partícipe primario de los abusos cometidos en el Instituto Próvolo, y desde entonces se encuentra detenida en la alcaldía de Agua de Las Avispas, Cacheuta. La modalidad de la prisión preventiva que se le dictó hoy es la misma en la que se encuentra actualmente.
“La jueza no se expidió sobre la prisión domiciliaria que había pedido la defensa porque no estaban acreditados ninguno de los requisitos por los que se acuerda la prisión domiciliaria”, explicó Oscar Barrera. Los mismos se basan en las siguientes condiciones: que la persona esté apta psicológicamente, que el lugar donde resida sea adecuado, que tenga como custodia a una persona también apta psicológicamente, que existan elementos de control y seguridad (como una pulsera electrónica), y que la persona demuestre que está transitando una situación especial por la cual ella no deba estar en la prisión.
Quienes realizan las pericias psicológicas que avalen la prisión domiciliaria son los peritos del Cuerpo Médico Forense. Sin embargo, Barrera aclaró que la defensa y la querella también disponen de un perito particular. Según dijo el abogado, esa tarea va a ser realizada por ambas partes.
Para dictar el fallo, Alonso se basó en el artículo 122 de la ley 6354, que es la de Protección de Minoridad; en el artículo 90 de la ley 6970 (del año 1999) de la Dirección General de Escuelas (DGE), que establece que la educación es un derecho natural y social fundamental para el desarrollo de la persona; y en las Reglas de Brasilia sobre el acceso a la Justicia de las personas en condición de discapacidad. Además, la jueza se basó también en la Convención de los Derechos del Niño y la Convención de las Personas con Discapacidad.
¿Cuáles son los hechos por los cuales está imputada Pascual?
Graciela Pascual está imputada por una participación criminal primaria en todos los hechos de abuso sexual que se cometieron en el Instituto Antonio Próvolo. “Ella tenía conocimientos de estos hechos”, señaló Barrera; aún así, la mujer omitió efectuar la denuncia de los mismos. Dicha acusación está respaldada por los distintos testimonios que hay en la causa, testimonios en los que se basó la Jueza de Garantías para dictar el fallo.
“Se dictó la prisión preventiva en función de que hay riesgos suficientes para creer que se pueda escapar y entorpecer la investigación”, dijo otro abogado de las víctimas, Sergio Salinas. “Se mantiene la calificación jurídica de ser partícipe necesaria en todos los delitos que existen en la causa y, en particular, porque es una persona que tenía el deber de denunciar”, remarcó.
Respecto al fallo
El abogado Oscar Barrera opinó que este fallo es un cambio importante en la causa porque establece un “paradigma lógico” de la prisión preventiva. “Esta situación es distinta a la que ocurrió con Kosaka Kumiko, en la cual la prisión domiciliaria fue ordenada por un tribunal sin tomar ninguno de los recaudos adecuados para conceder una prisión domiciliaria, máxime cuando los estudios psicológicos de Kumiko son negativos”, dijo Barrera.
“Graciela era una persona muy influyente y causó mucho daño en el Instituto Próvolo. (A ella) los papás confiaron sus hijos y, evidentemente, ella los defraudó siendo cómplice de estos aberrantes hechos “, aseguró el letrado.
Oscar Barrera, abodago querellante en el caso Próvolo. Foto: Axel Lloret.
El caso Kumiko
La monja japonesa, imputada y detenida por facilitar los abusos en el Instituto, tendrá que presentarse en las audiencias programadas para octubre en la Cámara Gessel, donde también estarán presente los chicos y chicas hipoacúsicos, víctimas de los hechos, y algunos testigos del caso. “Creemos que van a denunciar hechos de abusos”, dijo Barrera. La Cámara de Apelaciones confirmó la competencia de la doctora Alonso en la causa Kumiko.
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