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05 DE DICIEMBRE DE 2024
La Cámara Alta aprobó en la sesión de hoy el proyecto anunciado por el gobernador de la provincia el día de la apertura de sesiones legislativas ordinarias celebrada el pasado 1.º de mayo.
El pasado 1.º de Mayo el gobernador anunció un proyecto de ley que modificaría el Código Procesal Penal en cuanto a prisiones preventivas. Hoy ese proyecto se aprobó en el Senado y espera su tratamiento en Diputados. Foto: Archivo / Axel Lloret.
Unidiversidad / Milagros Martín Varela
Publicado el 24 DE MAYO DE 2016
En una sesión relativamente breve, el Senado provincial avaló el proyecto que presentó el gobernador Alfredo Cornejo para modificar el Código Procesal Penal (CPP) en materia de prisiones preventivas. El debate se vio opacado en la agenda pública por la represalia que ejecutó Infantería sobre los sindicatos, hecho que ocurrió en Casa de Gobierno.
El senador Miguel Bondino, del bloque Cambia Mendoza, fue quien presentó este sexto proyecto legislativo sobre seguridad por parte de la administración liderada por Cornejo. Destacó la participación del ministro de Seguridad, Gianni Venier, en el debate anterior al tratamiento legislativo y asumió que el objetivo de esta iniciativa es eliminar por completo la llamada “puerta giratoria”.
El concepto de puerta giratoria hace referencia a la situación que, asegura el gobierno, es la actual en Mendoza y mediante al cual no habría gran cantidad de delincuentes sino unos pocos que entran y salen permanentemente de prisión preventiva, sin condena, y vuelven a delinquir reiteradamente.
Ese es el punto en donde oficialismo y oposición estuvieron en desacuerdo, a pesar de que –al menos de manera general– el justicialismo votó a favor de la ley. Ese bloque argumentó que se ataca a la inseguridad por el hecho ya consumado, pero no se la previene. Por su parte, el radicalismo sostuvo que si hay 400 delincuentes que pasan por la puerta giratoria, en un total de una población de más de 1,8 millones de ciudadanos, entonces sí es una manera de prevenir el crimen.
Hubo también ciertas provocaciones verbales entre oficialismo y oposición, pero una vez que la vicegobernadora y presidenta de la Cámara de Senadores, Laura Montero, amenazó con levantar la sesión, las aguas se calmaron un poco, aunque no del todo. Durante el debate sobresalieron personalidades como Juan Carlos Jaliff (Unión Cívica Radical, UCR), Patricia Fadel (Bloque Frente para la Victoria, FpV), Luis Bohm (FpV) y Noelia Barbeito (PTS).
La senadora del PTS criticó el proyecto de ley, lo calificó como demagógico e inconstitucional y adelantó su voto negativo a la sanción. Argumentó que gran parte de los presos son trabajadores y que los funcionarios delincuentes nunca van a prisión. Habló en plural cuando dijo: “No vamos a acompañar el proyecto”, por lo que no sería novedoso que cuando se trate esta legislación en la Cámara de Diputados, el PTS también vote en contra.
Desde la oficina de prensa de la Legislatura estiman que podría tratarse en la Cámara Baja dentro de aproximadamente 15 días.
Foto: Axel Lloret
Los argumentos del gobierno
Desde el gobierno que lidera Alfredo Cornejo aseguran que el sistema de aplicación del Código Procesal Penal (CPP) es actualmente subjetivo y que da lugar a la desigualdad en cuanto a la aplicación de la ley. Su principal argumento es que hay muchos casos delictivos de mediana o mucha gravedad cuyos sospechosos están libres, mientras que otros, imputados por delitos menores, están encerrados.
El objetivo, dicen, es garantizar la paz social y recibir un tratamiento igualitario y justo. El problema está, según el gobierno, en que el fiscal está más dedicado a indagar si el imputado se someterá al proceso que a investigar si realmente es el culpable del crimen. Por su parte, el juez debería dedicarse más al análisis de cada caso respecto a si existe o no peligro procesal, es decir, si el imputado se someterá o no al proceso judicial.
Lo que Juan Carlos Jaliff, presidente del bloque radical en el Senado, y Gianni Venier destacan como novedoso de este proyecto de ley es, entonces, que la prisión preventiva la podría dictar el juez en vez del fiscal de la causa, en una audiencia pública y oral con presencia de la víctima sin necesidad de que ésta conforme la figura querellante.
Los pilares de la ley
Oralidad, flagrancia y plazos cortos. Esos son los conceptos que el gobierno sostiene para justificar la modificación del CPP. Lo que Cornejo pretende es que la audiencia oral sea con participación de la víctima para “sensibilizar” el caso, en vez de que se haga por escrito –como se realiza actualmente–, ya que eso hace que el procedimiento sea mucho más “lento, burocrático y despersonalizado”.
Por otro lado, el proceso de flagrancia (que es el tiempo que tiene un juez para dictaminar una sentencia mientras un imputado está en prisión preventiva y que, si se cumple determinado tiempo, el acusado queda en libertad) debe ser breve y estar restringido a sólo tres meses. Actualmente, hay casos que duran dos años en esa fase.
Relación conflictiva
El tema de las prisiones preventivas está en la agenda pública desde diciembre del año pasado, cuando la Suprema Corte de Justicia ordenó regularizar la situación de 874 internos que estaban en prisión preventiva, sin el control de un juez de Garantías. Actualmente, el caso está en la Corte de la Nación, por pedido del Procurador de esa institución, Rodolfo González.
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