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30 DE ABRIL DE 2026
Así lo resolvió la Corte Suprema de Justicia de la Nación. La abogada Gabriela Gaspar, quien acompañó el planteo de las madres querellantes, habló con Dale! sobre este fallo y su aplicación.
Foto ilustrativa tomada de madeheart.com
La Corte Suprema de la Nación, en un fallo dividido, declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial de educación de Salta, por lo que las escuelas públicas de esa provincia no podrán dar educación religiosa en el horario escolar ni podrán incluir esta materia en el plan de estudios.
Gabriela Gaspar, abogada, quien acompañó el planteo de las madres querellantes desde el principio, celebró el fallo, pero advirtió que está alerta. “No sabemos qué puede pasar con la aplicación del fallo. Nosotras planteamos que la ley de educación, fundamentada en el artículo 49 de la Constitución provincial, generó actos discriminatorios y eso generó la violación de derechos. Decir otra cosa es manipulación. Por eso me preocupa un poco cómo se aplicará efectivamente este fallo. En estos siete años (desde que comenzó la demanda), se ha corrido el eje de discusión: nosotras planteamos la violación de derechos de minorías que son ignoradas y estigmatizadas, y la existencia de niños en situación de vulneración de derechos, porque con esta ley el Estado, en lugar de proteger, discriminó”.
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