La Justicia dispuso la quiebra de Oil Combustibles

El juez comercial Javier Cosentino decretó la quiebra de la mayor empresa del Grupo Indalo, propiedad de los empresarios detenidos Cristóbal López y Fabián de Sousa en una causa por administración fraudulenta.

La Justicia dispuso la quiebra de Oil Combustibles

La Justicia decretó la quiebra de Oil Combustibles. Foto: Twitter.

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Publicado el 11 DE MAYO DE 2018

La justicia comercial dispuso este viernes la quiebra de la petrolera Oil Combustibles, la mayor empresa del Grupo Indalo, propiedad de los empresarios detenidos Cristóbal López y Fabián de Sousa, en una causa por administración fraudulenta, dijeron fuentes judiciales. La resolución fue adoptada por el juez Javier Cosentino un día después de que visitara la planta de la petrolera en la localidad santafesina de San Lorenzo, donde le anticipó a los trabajadores que dictaría la quiebra de Oil Combustibles "con continuidad productiva".

En los fundamentos de la resolución, el magistrado dio por fracasado el "proceso de salvataje" de la compañía y destacó el "esfuerzo fáctico y jurídico destinado a evitar semejante desenlace".

Cosentino dispuso iniciar el proceso de salvataje de la empresa a principios de abril para "permitir la reorganización de la empresa sin liquidación, manteniéndola en actividad en el mercado", sostuvo entonces el juez en su fallo.

En rigor, la posibilidad de quiebra se comenzó a vislumbrar a fines de marzo, cuando los representantes legales de la AFIP rechazaron la posibilidad de otorgar una moratoria a la deuda de 8000 millones de pesos derivada de no haber tributado el Impuesto a las Transferencias de Combustibles (ITC). "La Administración Federal de Ingresos Públicos tiene la firme decisión de impulsar la acción penal contra todos los responsables de una maniobra que ha causado un perjuicio al Estado de miles de millones de pesos", ratificó a fines de marzo la AFIP.

En lo práctico, el fallo firmado hoy por Cosentino garantiza la "continuación de la explotación de la empresa por 30 días para evitar riesgos ambientales y garantizar fuentes de trabajo".

Además, según señaló el secretario legal del sindicato de Petroleros Unidos de la localidad de San Lorenzo, Héctor Brizuela, el magistrado les aseguró que hay "tres firmas interesadas" en hacerse cargo de la compañía, y que estaba "garantizado el pago de los haberes de mayo y eventuales indemnizaciones". "Por lo que comentó el juez, hay tres empresas interesadas en hacerse cargo de Oil, que tendrán que presentar los planes de producción para la continuidad, y eso podría llevar unos 30 días más a partir de que se dicte la quiebra", indicó el dirigente sindical.

En tanto, el fallo que dispone la quiebra extiende el "plazo de intervención por 60 días" y apunta que "los interventores han dado cuenta de las diferentes tratativas" llevadas a cabo con "los interesados en la continuación de la gestión de la empresa".

La intervención de Oil Combustibles se inició el 15 de febrero, cuando Cosentino dispuso la medida ante la "fuerte presunción", luego confirmada, de que la empresa evadió el pago del impuesto ITC de manera fraudulenta.

En aquella oportunidad, el magistrado también basó su decisión de intervenir en que el pasivo de la empresa ascendía a "más 1100 millones de pesos, deuda gestada durante el último trimestre del año pasado y que se generó básicamente por la falta de pago del impuesto a la transferencia de combustibles".

La debacle de Oil Combustibles se inició en marzo de 2016, cuando el diario La Nación reveló que el Grupo Indalo había omitido el pago del ITC a la AFIP por la impactante suma de 8000 millones de pesos. En este nuevo capítulo, Cosentino fijó un período de 72 horas "a partir de la notificación" de la quiebra a fin de que "potenciales inversores privados interesados en la eventual adquisición de la empresa en marcha presenten sus propuestas en autos, en sobre cerrado y debidamente individualizado para su correcta identificación, o lo hagan de considerarlo pertinente, a los interventores".

Las propuestas deben estar a cargo de "sociedades anónimas" que puedan demostrar su "capacidad técnica", su "solvencia financiera", y presentar una "nómina de accionistas", así como "los últimos tres balances certificados" y un "plan de negocios", entre otros requisitos.

"En cuanto a la cooperativa de trabajo, deberá acreditar conformidad de dicho ente para la eventual inscripción en el Registro de Empresas Petroleras Sección Elaboradas y Comercializadoras", sostiene el fallo.

También fija audiencia a la que se deben presentar Cristóbal López y Fabián de Sousa para el 17 de septiembre próximo, a las 9, a fin de que den "explicaciones en pos de determinar la composición del activo de la quebrada".

Se mantiene además la "inhibición general de bienes" sobre la firma y se dispone la "interdicción de la salida del país" de los administradores Ignacio Rosner y Santiago Dellatorre.

Por otra parte, el titular del Juzgado Comercial N.º8 decretó la "inhabilitación de los miembros del directorio por el término de un año" y se prohibieron los "pagos y la entrega de bienes" de la empresa, al tiempo que se ordenó el "cierre de cuentas que tenga abiertas" así como la "interceptación de la correspondencia".

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