La Suprema Corte supervisará que el Gobierno dé información pública sobre interrupción del embarazo

El máximo tribunal local abrirá un espacio de diálogo para que el Ejecutivo brinde información sobre acceso al aborto en Mendoza, derecho que garantiza la Ley 27610. La decisión se funda en una acción judicial de Amnistía Internacional tras intentos fallidos de solicitudes administrativas.

La Suprema Corte supervisará que el Gobierno dé información pública sobre interrupción del embarazo

La Ley 27610, del 2020, reconoce el derecho al aborto en Argentina. Foto: Unidiversidad

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Publicado el 27 DE OCTUBRE DE 2025

El máximo tribunal mendocino habilitará un espacio de diálogo para que el Estado provincial cumpla con la sentencia de brindar información sobre aspectos centrales para la implementación de la Ley 27610, de acceso al aborto. La resolución es producto de una acción judicial tras solicitudes administrativas frustradas de acceso a la información pública sobre cantidad de consultas, prácticas y efectores de interrupción voluntaria y legal del embarazo (IVE/ILE)

La decisión fue tomada en una audiencia en presencia de los ministros Mario Adaro, Omar Palermo y José Valerio, Amnistía Internacional y representantes del Poder Ejecutivo. Los avances que ocurran durante seis meses serán monitoreados e informados a la causa por la Dirección de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia de la propia Suprema Corte. Ya en octubre de 2024, el máximo tribunal provincial había hecho lugar a una acción judicial iniciada por Amnistía Internacional frente a una respuesta incompleta e imprecisa de un pedido de información realizado junto a Líbera Abogacía Feminista.

Adaro, Valerio, Cornejo y Palermo en la presentación del Foro Penal Colegiado en 2018. Foto: Victoria Gaitán (Unidiversidad)

En dicha decisión, la Corte resaltó la interrelación entre el derecho de acceso a la información pública y la salud sexual y reproductiva. Dispuso entonces que la comunicación del Ejecutivo debía ser brindada “corrigiendo las omisiones e imprecisiones” respecto del registro de prácticas de aborto, el plazo en que se accede, los centros de salud que garantizan la práctica, la capacidad instalada en las distintas regiones de la provincia y los mecanismos de derivación existentes. 

Luego de aquella sentencia, el Gobierno acompañó al expediente información producida por el Ministerio de Salud que mostraba avances significativos sobre ciertos puntos y algunos aspectos pendientes de cumplimiento y datos en construcción. Frente a ello, Amnistía Internacional solicitó una audiencia a fin de establecer puntos de acuerdo para cumplir la sentencia y de ese modo mejorar la calidad y transparencia de la información sobre la implementación de Ley 27610. Esto es lo que concedió el tribunal recientemente y para su cumplimiento fijó un plazo de seis meses y un mecanismo de supervisión.  

Una cronología de pedidos de información pública y negativas

Argentina legalizó el aborto el 30 de diciembre de 2020, pero ya desde los primeros relevamientos de la aplicación de la ley se ven desigualdades territoriales y, en el caso de Mendoza, información insuficiente para el acceso. El problema, señalaron en su momento Amnistía Internacional y Líbera Abogacía Feminista, es que para tomar decisiones autónomas sobre el abanico de alternativas ante un embarazo, se requiere información actualizada, veraz, sencilla y accesible. 

Con el objetivo de monitorear la implementación de la Ley de Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo, las dos organizaciones pidieron información pública en 2022 al Ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de Mendoza, con sustento en la Ley 9070. Sin embargo, en su respuesta, la cartera omitió informar “cuántas prácticas de IVE/ILE se realizaron y cuáles son los centros de salud públicos que garantizan dicha atención”, según relataron desde Líbera en ese momento. 

La solicitud preguntaba cantidad de consultas y prácticas de ILE/IVE, campañas de difusión sobre derecho al aborto, efectores sanitarios que practicaran las intervenciones, circuito de las obras sociales y canales de denuncia o reclamo ante el incumplimiento. La respuesta del Ministerio, aunque se organizó “punto por punto, fue imprecisa en ciertos aspectos, confusa en otros y, cabe enfatizar, omisiva por completo en otros”.

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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Entonces, las organizaciones demandaron la intervención de la Dirección de Investigaciones Administrativas de la Auditoría de Ética Pública, dependencia que debe garantizar el derecho de acceso a la información. Sin embargo, “dicho organismo rechazó el planteo y convalidó la falta de acceso a información”. 

Frente a esa respuesta “incompleta e imprecisa” y la negativa a reforzarla, Amnistía entendió agotada la vía administrativa y decidió interponer una acción judicial ante la Suprema Corte mendocina, para que el Poder Judicial obligue al Ejecutivo a brindar los datos solicitados.  

En 2023, un informe de Amnistía Internacional y Líbera Abogacía Feminista advertía que el Ministerio de Salud de la provincia no elaboraba ni difundía información sobre interrupción del embarazo, no difundía campañas sobre dónde ni cómo acceder a un aborto, no tenía publicado el Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la IVE/ILE. 

Aunque su web nombraba la garantía de derechos sexuales y reproductivos entre sus objetivos, no tenía información en la web sobre derecho al aborto; dirección y horarios de atención de las consejerías; obligaciones y responsabilidades del personal; centros de salud y hospitales que garantizan la IVE/ILE, estudios y prácticas complementarias, ni canales para denunciar barreras u obstáculos en el acceso.

 

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