Ley de alquileres: cambios en el pago de expensas y depósitos

Estanislao Puelles, presidente del Colegio de Corredores Inmobiliarios de Mendoza, explicó que, de aprobarse la norma, habrá beneficios para los inquilinos con respecto a estos dos puntos en los contratos.

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Publicado el 22 DE NOVIEMBRE DE 2019

La Cámara de Diputados de la Nación le dio media sanción a un nuevo proyecto de Ley de Alquileres que propone nuevas condiciones para regular la relación entre inquilinos y propietarios. En este sentido, Estanislao Puelles, presidente del Colegio de Corredores Inmobiliarios de Mendoza, explicó que la iniciativa contiene aspectos específicos que benefician a los inquilinos: las expensas estarán a cargo del propietario y solo se pedirá un mes de depósito de garantía. De todas formas, Puelles señaló que la ley trae más incertidumbre que previsibilidad y que "se podría haber aprovechado la oportunidad para hacer una ley superadora".

 

Los principales cambios en la ley

- Los ajustes en los contratos deberán efectuarse utilizando un índice conformado por partes iguales por las variaciones mensuales de la inflación, según el índice de precios al consumidor que mide el Indec, y de los salarios, de acuerdo con el índice Ripte.

- Los contratos de alquiler se extenderán por un plazo mínimo de tres años. Por lo tanto, se extiende a un año más con respecto al plazo actual.

- Las expensas extraordinarias serán responsabilidad del propietario. Solo estarán a cargo del inquilino las expensas que incluyan los gastos habituales, que se vinculan a los servicios normales y permanentes independientemente de como sean considerados (expensas comunes ordinarias o extraordinarias).

- Se reducirá el depósito de garantía a un mes de alquiler. Una vez finalizado el contrato, se devolverá una suma equivalente al precio del último mes o la parte proporcional en caso de haberse acordado un depósito inferior a un mes de alquiler.

- Se contemplarán diversas opciones para facilitar las garantías para los inquilinos, no slo a través de la garantía inmobiliaria. Entre ellas, aval bancario; seguro de caución; garantía de fianza; o garantía personal del inquilino (se documenta con recibo de sueldo o certificado de ingresos). El inquilino puede presentar al menos dos y el locador deberá aceptar una de las propuestas.

- Los inquilinos y propietarios deberán pagar las comisiones inmobiliarias correspondientes. En el caso de que intervenga un solo corredor inmobiliario, que es lo más habitual, ambos le deberán una comisión. Este era el punto que generaba más conflicto con las cámaras inmobiliarias, porque en los primeros borradores del proyecto, se eliminaba la opción de cobrar comisión a los inquilinos.

 

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