Qué dice el decreto sobre el nuevo horario comercial y la atención en restaurantes

Con la publicación en el Boletín Oficial, el Gobierno confirmó los cambios en los horarios de atención en comercios y otros sectores.

Qué dice el decreto sobre el nuevo horario comercial y la atención en restaurantes

Foto: Prensa Gobierno de Mendoza

Sociedad

Distanciamiento social

Unidiversidad

Unidiversidad

Publicado el 30 DE SEPTIEMBRE DE 2020

El Gobierno oficializó este miércoles la medida que determina cuáles son los nuevos horarios de atención para los comercios de toda la provincia.En los considerandos del Decreto 1190, se destaca que "resulta necesario buscar un razonable equilibrio entre las diversas actividades que se han habilitado hasta la fecha, la situación epidemiológica y la capacidad de respuesta del sistema de salud".

"Atento a la situación epidemiológica de la provincia y considerando las solicitudes remitidas desde los municipios, como así también de las autoridades de diversos cultos, resulta conveniente modificar los horarios habilitados para algunas actividades y la cantidad de personas que pueden asistir a las ceremonias religiosas", agrega la norma publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

De esta manera, quedaron habilitadas las modificaciones adelantadas este martes y que habían sido solicitadas por empresarios nucleados en distintas cámaras. El punto clave es la extensión del horario de comercio: de la habilitación de 9 a 19, vigente hasta este martes y establecido en función de las medidas de distanciamiento social, pasó a ser de 8 a 21 a partir de este miércoles.

Mendoza vuelve a flexibilizar la atención en bares y extiende el horario comercial

A través del Decreto 1190, que se publicará en el Boletín Oficial desde la noche de este martes, el gobernador Rodolfo Suarez autoriza nuevos horarios de atención para los comercios de toda la provincia y vuelve a flexibilizar la atención en bares y restaurantes.

 

Nuevos horarios

  • Comercio en general: de 8 a 21.
  • Supermercados mayoristas y minoristas: de 8 a 21.
  • Centros comerciales, malls y shopping centers: de 10 a 23. En su interior, las tiendas comerciales en general, de 10 a 21; y hasta las 23, confiterías y restaurantes, ya sea que estén en su interior o que tengan salida a la vía pública.
  • Restaurantes y cafés: mantienen su horario de 7 a 23.
  • Farmacias: podrán atender en su horario habitual y con los turnos habilitados por la autoridad de aplicación.
  • Expendio de combustible: sin límites de horario.
  • Reparto a domicilio (delivery): de domingos a jueves de 7 a 23, viernes y sábados de 7 a 24.
  • Gimnasios en Gran Mendoza: de 7 a 20.
  • Administración pública: de 9 a 18.

Los intendentes de cada municipio de la provincia podrán realizar los ajustes que estimen pertinentes para cada rubro dentro de los rangos horarios habilitados. “En todos los casos, deberá respetarse la extensión de la prestación horaria de los trabajadores para cada una de las actividades”, señala el decreto.

 

Restaurantes y cafés

  • Podrán funcionar en modalidad presencial con un límite de seis personas por mesa y hasta un máximo equivalente al 50 % del factor de ocupación habilitado.
  • Las mesas dispuestas tanto en el interior de los salones como al aire libre solo podrán colocarse en espacios debidamente habilitados.
  • No podrán habilitarse nuevos espacios a los ya otorgados.
  • En caso de patios o espacios internos, deberán demarcar adecuadamente las circulaciones para evitar el entrecruzamiento de clientes que ingresan o se retiran.
  • Podrán funcionar, en todos los casos, bajo la modalidad de delivery y “pase y lleve”.

 

Ceremonias religiosas

Por otra parte, las ceremonias religiosas podrán realizarse con una concurrencia máxima de 30 personas y en templos autorizados.

 

El decreto

Decreto 1190 de Unidiversidad

decreto, distanciamiento, social, flexibilizacion, restaurantes, cafes, comercios, horario, coronavirus,