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19 DE MARZO DE 2026
El radical Fabián Rogel criticó al kirchnerismo por querer resarcir sólo a las víctimas de las sucesos de 2001. Redobló la apuesta y propone indemnizar a quienes sean reprimidos en huelgas, movilizaciones o protestas sociales.
Foto: Web
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El diputado nacional Fabián Rogel (UCR-Entre Ríos) presentó un proyecto de ley para que “el Estado Nacional asuma la responsabilidad de la conflictividad social, indemnizando a las víctimas de represiones en huelgas, movilizaciones y/o protestas sociales en la Republica Argentina”.
“Esta iniciativa pone equilibrio y racionalidad a la presentada por el Frente Para la Victoria que pretende indemnizar, solamente, a las víctimas de los sucesos de 2001”, dijo Rogel, que consideró que “el proyecto oficialista constituye una arbitrariedad, una mirada sesgada y partidista de una decisión que el Estado deba asumir cualquiera sea el signo político bajo el cual se sucedan los hechos”.
“Las mayores represiones sociales en democracia no se dieron precisamente en 2001 sino, fundamentalmente, en el período reaccionario y conservador del peronista (Carlos) Menem”. “Víctor Choque, Teresa Rodríguez en Tartagal, o los sucesos de Mosconi, por nombrar algunos de los argentinos y algunos hechos, son muestra palmaria de las víctimas de la conflictividad social ocurrida en la década del 90”, manifestó.
Para Rogel, “circunscribir la indemnización del Estado a los hechos de 2001, significa no recordar lo ocurrido con posterioridad y hasta nuestros días, como Kosteki y Santillán, muertos en el gobierno peronista de Duhalde, o Fuentealba en Neuquén y Mariano Ferreyra en Buenos Aires, muerto bajo el actual gobierno de Cristina Fernández de Kirchner”.
“Si el Estado Nacional tomó la decisión, mediante ley, de hacerse cargo de las víctimas de conflictos sociales, lo debe hacer con una continuidad jurídica, como la debe tener todo Estado”, sostuvo Rogel.
El proyecto prevé en su artículo 2, que los resarcimientos comprenderán los casos de muerte, lesiones gravísimas y lesiones graves, aplicándose a los fines de la presente los artículos 90 y 91 del Código Penal.
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