Uno por uno, cuáles son los fideicomisos en la mira de la motosierra de Milei

Sin mayores detalles, el Gobierno nacional anunció la eliminación de fondos fiduciarios por USD 2000 millones. En total, los fondos de jurisdicción nacional son 28. Explicamos cómo se conforman y para qué le sirven a un Estado.

Uno por uno, cuáles son los fideicomisos en la mira de la motosierra de Milei

Foto publicada por Newsweek/Reuters

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Publicado el 19 DE FEBRERO DE 2024

El Gobierno nacional anunció la eliminación de fondos fiduciarios por USD 2000 millones y enmarcó la decisión en la convicción de avanzar "contra todas las cajas de la política". Sin embargo, todavía no se conoce en detalle a qué fondos les pasarán la motosierra. El anuncio fue realizado por el portavoz de la Presidencia, Manuel Adorni, en su habitual conferencia de prensa en la Casa de Gobierno e, inmediatamente, fue confirmado por el propio presidente Javier Milei en una entrevista a Radio Rivadavia.  

"Vamos a avanzar en eso y vamos a ir contra todas las cajas de la política", dijo Milei cuando se lo consultó sobre la decisión anunciada instantes antes por Adorni. 

En su habitual conferencia de prensa, el portavoz dijo que el presidente Javier Milei había decidido "eliminar determinados fondos fiduciarios" por entender que "carecen de transparencia" y representan un gasto "en torno a los USD 2000 millones" anuales, lo que significa, aseguró, "medio punto del Producto Bruto Interno". Adorni anunció que Milei "decidió eliminar determinados fondos fiduciarios", aunque no precisó cuáles de los 28 existentes en la órbita del Estado nacional, según un relevamiento realizado por la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC), serán alcanzados por la medida. 

Los fondos fiduciarios no están incluidos en el presupuesto de la administración central y tampoco cuentan con una metodología de creación uniforme. Por ejemplo, la OPC observó que algunos "se crearon por ley (Fideicomiso Subsidio de Consumo Residencial de Gas Licuado Petróleo. Ley 26020), otros por DNU (Fondo de Infraestructura de Seguridad Aeroportuaria, DNU 1334/14), otros por decreto (Fondo para Reconstrucción de Empresas, Decreto 342/2000), y otros, simplemente por resoluciones ministeriales (Fondo Fiduciario para Transporte Eléctrico Interprovincial, Resolución 657/99 del Ministerio de Economía)". 

Estos son los 28 fondos fiduciarios de jurisdicción nacional (por orden cronológico de creación)

  • 1990: Fondo Fiduciario para la Promoción Científica y Tecnológica (Foncyt);
  • 1995: Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial;
  • 1997: Fondo Fiduciario de Capital Social (Foncap);
  • 1997: Fondo Fiduciario Federal de Infraestructura Regional;
  • 1999: Fondo Fiduciario para el Transporte Eléctrico Federal;
  • 2001: Fondo Fiduciario del Sistema de Infraestructura de Transporte;
  • 2001: Fondo Fiduciario de Infraestructura Hídrica;
  • 2001: Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de Gas;
  • 2001: Fondo Fiduciario para la Recuperación de la Actividad Ovina (FRAO);
  • 2003: Fondo Fiduciario para la Refinanciación Hipotecaria;
  • 2005: Programa Hogares con Garrafa (Hogar);
  • 2012: Fondo Fiduciario Programa Crédito Argentino del Bicentenario para la Vivienda Única Familiar (Pro.Cre.Ar);
  • 2013: Fondo Nacional del Manejo del Fuego;
  • 2014: Fondo Fiduciario del Servicio Universal para la real Argentina Digital
  • 2014: Fondo Fiduciario de Infraestructura de Seguridad Aeroportuaria;
  • 2015: Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Energías Renovables (Foder);
  • 2016: Fondo Fiduciario para la Vivienda Social;
  • 2016: Fondo Fiduciario de Desarrollo Productivo (Fondep, ex Fondear);
  • 2016: Fondo Fiduciario Nacional de Agroindustria (Fondagro);
  • 2016: Fondo Fiduciario para la Cobertura Universal de Salud;
  • 2016: Fondo Fiduciario para la Protección Ambiental de Bosques Nativos;
  • 2017: Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor (Fondce);
  • 2017: Fondo Fiduciario para la Generación Distribuida de Energías Renovables (Fodis);
  • 2017: Fondo de Garantías Argentino (Fogar);
  • 2017: Fideicomiso PPP de Autopistas y Rutas Seguras;
  • 2019: Fondo Fiduciario de Asistencia Directa a Víctimas de Trata;
  • 2021: Régimen de Regularización Dominial para la Integración Socio Urbana;
  • 2021: Fondo Fiduciario para la Promoción de la Economía del Conocimiento.

Qué es un fideicomiso

Según publica Infobae, técnicamente, un fideicomiso es un instrumento legal que involucra a tres partes clave: el fideicomitente, el fiduciario y el beneficiario. El fideicomitente transfiere ciertos activos o propiedades al fiduciario, que los gestiona de acuerdo con los términos establecidos en el contrato del fideicomiso. El beneficiario es la parte que eventualmente se beneficiará de los activos del fideicomiso.

En términos más simples, el fideicomiso representa un mecanismo legal que separa la propiedad legal de los activos de su control económico y beneficio. A través de este acuerdo, se crea una estructura que permite la transferencia de bienes de un propietario a un gestor designado, que los administra en beneficio de terceros, los beneficiarios.

Por qué se conforma un fideicomiso

Siguiendo una publicación de eldiario.ar, en el sistema de administración financiera de nuestro país no existe la figura de presupuestos plurianuales (presupuestos que pudieren votarse por un período mayor a un año, con sanción legislativa que los torne obligatorios). Los presupuestos plurianuales que se preparan se hacen como información complementaria y no recae sobre ellos sanción legislativa alguna.

Entonces, los fondos fiduciarios sirven como una suerte de presupuesto garantizado por más de un año, para asegurar el financiamiento y estabilidad de un programa público. Estabilizan financieramente las políticas públicas al asegurar su financiamiento futuro. Se trata de apartar fondos del Tesoro Público para que únicamente puedan utilizarse en el cumplimiento de un fin determinado.

Para qué sirve un fideicomiso

-Garantizar a los acreedores que estarán los fondos al vencimiento para pagar determinada deuda;

-Asegurar, al momento de decidir la construcción de una obra determinada, que la obra no se paralizará por falta de presupuesto en los años sucesivos;

-Responder que en los años sucesivos se contará con los fondos el pago de subsidios para mantener determinado servicio.

En síntesis, la finalidad es que el Tesoro no se apropie de los fondos destinados al pago de una deuda, una obra o un subsidio y los destine para otros fines.

Fuente: Télam - Infobae - eldiarioar.com

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