Fotogalería: así fue el pañuelazo en apoyo al aborto legal en Mendoza

El proyecto fue enviado al Congreso de la Nación por el presidente Alberto Fernández.

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Publicado el 18 DE NOVIEMBRE DE 2020

El presidente Alberto Fernández anunció el envío de un proyecto de ley que legaliza la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y poco después se conoció el contenido. Los proyectos que buscan legalizar la IVE tienen que ser discutidos en las comisiones de Legislación General, Salud y Acción Social, Mujeres y Diversidades, y Legislación Penal. Se espera un tratamiento ágil para que pueda votarse en las cámaras cuanto antes.

Su redacción es bastante similar a la del proyecto de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito –que ingresó por octava vez el 28 de mayo de 2019 al Congreso–, pero difiere en algunos detalles, como la incorporación de la objeción de conciencia.

La similitud más notoria con el proyecto anterior es que establece la legalización y despenalización del aborto hasta la semana 14 de gestación (inclusive).

También sostiene el derecho a acceder a la IVE pasado ese plazo de acuerdo a causales: si el embarazo es producto de una violación –en el caso de ser menor de 13 años, no se requerirá declaración jurada– o si estuviese en peligro la vida o salud integral de la mujer o persona gestante.

El sistema de salud público, las obras sociales y las prepagas deberán brindar gratuitamente la IVE.

En su redacción, el artículo 10 del proyecto presentado por Alberto Fernández incorpora la objeción de conciencia individual –ausente en la de la Campaña–. En ningún lado se admite que una institución completa sea objetora.

Por el contrario, prevé que el o la profesional de la salud que objete conciencia para realizar un aborto derive a la persona sin dilaciones y adopte las medidas necesarias para que se garantice el acceso a la práctica.

Tampoco se podrá objetar conciencia para una atención sanitaria postaborto, que el sistema de salud pondrá a disposición de quienes lo requieran.

Prevé además que, en el marco de la legalización del aborto, toda mujer o persona gestante debe acceder a la interrupción del embarazo en un plazo máximo de diez días corridos desde que lo requiera. Teniendo en cuenta la urgencia ante una situación así, el proyecto de la Campaña plantea cinco días corridos.

Para realizar la interrupción del embarazo, el proyecto del Ejecutivo prevé el consentimiento por escrito de la persona gestante. Las mayores de 16 años son consideradas adultas; entre 13 y 16 años, pueden prestar su consentimiento, salvo que el procedimiento implique algún riesgo para su salud o su vida.

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