Lo que hay que saber para votar en las PASO

Qué elegimos, cómo y cuáles son las sanciones por no votar.

Lo que hay que saber para votar en las PASO

En las PASO se define qué partidos están habilitados para las candidaturas finales y qué lista representará a cada uno de ellos. Foto: Axel Lloret.

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Publicado el 09 DE AGOSTO DE 2017

El próximo domingo 13 de agosto se realizarán, a nivel nacional, las Elecciones Legislativas 2017 Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO). Los mendocinos votaremos a nuestros representantes en la Cámara de Diputados del Congreso Nacional y a los concejales de los distintos municipios que conforman la provincia.

En octubre se definirán, voto mediante, los diputados que representarán a Mendoza en el Congreso Nacional. La Cámara Baja renovará 127 de sus 257 miembros para el período 2017-2021. Además, en la provincia se elegirán los miembros de los concejos deliberantes municipales.

Sin embargo, antes de esas elecciones generales, este domingo 13 se realizarán las PASO, en las que se definen los partidos habilitados a presentarse en las elecciones generales y también la lista que representará a cada uno de ellos.


¿Cuándo surgieron las PASO?

Las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias están establecidas en la Ley Electoral N.º 26571, también conocida como “Ley de democratización de la representación política, la transparencia y la equidad electoral”. Fue sancionada en 2009.
 

Significado de las siglas

Estas elecciones son:

  • Primarias, porque no se definen cargos sino que, primero, se determinan las candidaturas oficiales.
  • Abiertas, porque toda la ciudadanía participa en la selección de candidatos, sin importar si están o no afiliados a algún partido político.
  • Simultáneas, porque quedan definidos todos los que serán candidatos a los cargos que se eligen, de todos los partidos políticos, en la misma fecha y en el mismo acto eleccionario.
  • Obligatorias, porque todos los ciudadanos que tengan entre 18 y 70 años a la fecha de las elecciones generales deben sufragar. El voto es voluntario para mayores de 70 y para aquellos que tienen entre 16 y 18.
     

¿Qué se vota?

La provincia de Mendoza, en particular, deberá elegir a sus candidatos a la Cámara de Diputados del Congreso Nacional (que renueva 5 de las 10 bancas) y a los concejales municipales. Los representantes que queden electos el 22 de octubre ocuparán su cargo desde 2017 hasta 2021.

En el caso de otras provincias (Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan y San Luis), también se votarán a los candidatos para el Senado Nacional, que renovará un tercio de sus legisladores (24 bancas en total).
 

¿Cómo se vota?

Los ciudadanos entre 18 y 70 años deberán consultar el padrón electoral para saber en qué establecimiento electoral y en qué mesa votan. En la consulta también podrá ver su número de orden. El votante deberá asistir con el Documento Nacional de Identidad (DNI). En la mesa le darán un sobre para que, dentro del cuarto oscuro, coloque la boleta o las partes de las boletas cortadas. A la salida, el sobre cerrado se depositará en la urna.
 

¿Qué pasa si no voto?

El ciudadano que no haya votado deberá justificar la no emisión del voto. Se debe realizar en la Secretaría Electoral correspondiente a su último domicilio, junto con su DNI y el comprobante o certificado. En caso de no asistir por estar a más de 500 kilómetros del lugar donde se vota, debe solicitar el comprobante en la comisaría más cercana. Al que justifique se le entregará una Constancia de no emisión del voto. Poseer ese comprobante basta para no figurar en el Registro de Infractores al deber de votar. La justificación debe realizarse dentro de los 60 días corridos.
 

¿Cuáles son las sanciones por no votar?

Los infractores deben, en primer lugar, corroborar que están en el Registro de Infractores. La primera sanción es que no podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección. Además, el infractor que no pagare la multa no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales.
 

¿Cuál es el monto de la multa?

Cuando no se vote en uno solo de los actos electorales –primarias o generales– la multa será de $ 50. El monto de la segunda infracción será de $ 100 y se acumulará a los $ 50 de la primera infracción. Aquellos electores que figuren como infractores con relación a ambos comicios deberán pagar una multa de $ 150 (ciento cincuenta pesos). La multa podrá pagarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la Justicia Nacional Electoral. Luego de realizar el pago, se recomienda imprimir la Constancia de no inclusión en el registro de infractores.
 

Casi 9000 documentos no han sido retirados

El Director del Registro Civil, Enzo Rizzo, aseguró el pasado martes 8 que hay 8800 DNI sin retirar en las 59 oficinas del organismo. Por lo tanto, los días sábado 12 y domingo 13, dichas oficinas permanecerán abiertas para que los documentos puedan ser retirados y así, los votantes puedan sufragar.

Interactivo: quiénes quieren llegar al Congreso

Este domingo 13 de agosto se celebrarán las elecciones PASO en todo el país. Unidiversidad te invita a conocer el perfil de cada precandidato que quiere convertirse en diputado nacional.

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