Caso Denegri vs. Google: en qué se fundamenta el reclamo por el “Derecho al Olvido”
Radio U dialogó con Alejandro Segarra, director de Litigio Estratégico de la ADC (Asociación de Derechos Civiles), que reflexionó sobre el tema.

Télam
Una persona pública que estuvo involucrada en un tema de interés público, ¿tiene un “derecho al Olvido”? Esa fue la pregunta-eje del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. De manera unánime, el máximo tribunal rechazó el pedido de Natalia Denegri, la mujer que se hizo conocida por el caso Coppola.
Denegri, que ahora es conductora de tevé y vive en Miami, pidió hace seis años que Google desindexara su nombre de notas periodísticas y videos que la relacionan con un hecho policial que marcó una década. El argumento principal de Denegri es que pasaron más de veinte años del episodio y que el tema había perdido, a su entender, interés público. En la sentencia, la CSJN puso por encima de las razones personales la protección a la libertad de expresión y la garantía al acceso a la información.
En ese marco, Podría ser Peor (Radio U) dialogó con Alejandro Segarra, director de Litigio Estratégico de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC), a propósito del webinar “Libertad de expresión vs. derecho al olvido”.
“Es un fallo muy trascendente. La Corte Suprema de Justicia de la Nación se expidió hace un mes y no le dio la razón a Denegri al 'derecho de olvido' que ella exigía. La puja que puede haber en este caso, como en otros, pasa por dos ámbitos: lo que el público se informa y todo el derecho que hay en sí, y, por el otro, el honor de una persona. Es así como la Corte le rechaza el pedido a Denegri, diciendo que este derecho al olvido no puede ser invocado por figuras públicas en temas de interés públicos, como lo fue el caso Coppola. Al ser el primer pedido ante la Corte, este fallo no solo tiene trascendencia en la Argentina, sino que este derecho al olvido está siendo discutido en todo el mundo”, expresó.
Ante la pregunta sobre si existe algún país que reconozca el “derecho al olvido”, Segarra afirmó: "En la Unión Europea está reconocido, pero bajo ciertas determinaciones".
"Hay un fallo muy importante, el caso Mario Costeja, en el que el Tribunal Europeo concede este derecho, pero a una persona privada y no pública. Fue un tema de índole privada contra Google", selló.
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Entrevista con Alejandro Segarra.
Director de Litigio Estratégico de la ADC
Fuente: Radio U
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