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30 DE JUNIO DE 2026
La Nación definió un nuevo marco de acción para que hijos e hijas puedan ver alternadamente a sus progenitores.
Informe: Claudia Durán
Publicado el 04 DE MAYO DE 2020
La Decisión Administrativa 703/2020, vigente en el país desde este sábado 2 de mayo, definió un nuevo marco de acción para padres y madres separados que conviven con sus hijos e hijas en domicilios distintos.
¿Quiénes se encuentran habilitados para esos traslados?
Cualquiera de los progenitores, progenitoras o referentes afectivos que estén conviviendo con el niño, niña o adolescente durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio, indica la decisión administrativa. Este traslado podrá realizarse solo una vez por semana.
Para tal fin, papás, mamás o referentes afectivos deberán portar completa la declaración jurada aprobada haciendo clic acá.
coronarivirus, covid19, traslados, padres separados,
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