Drones en Argentina: la nueva resolución flexibiliza el uso y deja vacíos legales
La desregulación del Gobierno nacional para el uso de drones de hasta 250 gramos para cualquier persona deja desprotegidos a ciudadanos y ciudadanas frente a daños, accidentes o violación de sus derechos.

Drones en Argentina: qué cambia con la nueva resolución, cómo nos afecta y por qué crece la polémica. Foto: Pixabay.
El pasado 8 de agosto de 2025, la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) publicó en el Boletín Oficial la Resolución 550/2025, que permite el uso de drones de hasta 250 gramos para cualquier persona sin necesidad de registro, licencia, capacitación ni seguro obligatorio. El Gobierno presentó la medida como un avance hacia la “libertad tecnológica”, aunque especialistas advierten que deja desprotegidos a ciudadanos y ciudadanas frente a daños, accidentes o violación de sus derechos.
En 2019, la ANAC había establecido la Resolución 880/19 —vigente hasta 2023— , que marcó un punto de partida en la regulación. Allí se diferenciaban los drones según el peso (clases A a E) y su uso (recreativo, científico, comercial).
“El espíritu de la norma era claro: como los drones no eran considerados aeronaves, la responsabilidad se regía por el Código Civil y Comercial. Esto implicaba que el operador debía responder de forma objetiva ante cualquier daño. Bastaba con probar el perjuicio y la relación de causalidad”, recordó Eduardo Pozzoli, ayudante alumno de la Cátedra de Derecho del Transporte y Aeronáutico de la Facultad de Derecho de la UNCUYO. Además, la resolución prohibía el transporte de personas, animales y mercancías peligrosas.
Tuit de Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado de la Nación Argentina. Foto: X (Twitter)
Giro, nueva resolución y clasificación
“Con la nueva resolución, los drones pasaron a ser reconocidos como aeronaves. La nueva normativa abandonó la lógica de peso y recreación como eje principal y la reemplazó por tres categorías operativas”, explicó Pozzoli.
Estas tres categorías son:
- Abierta: drones de 250 gramos autorizados a vuelos en espacios abiertos y recintos cerrados. No requiere autorización de vuelo, registro y seguro.
- Específica: exige autorización, seguro y certificado de explotador para aeronaves entre 25 y 150 kg. Ejemplos: aeronaves de fumigación utilizadas en campos cultivados.
- Certificada: para drones de más de 150 kg, habilitados para el transporte de cosas en zonas urbano-rural y operaciones de mayor complejidad. Exige autorización, seguro y certificado de explotador. Ejemplo: aeronaves utilizadas por la policía en allanamientos.
Drones de más de 150 kg, habilitados para el transporte de cosas en zonas urbano-rural y operaciones de mayor complejidad. Foto: Pixabay.
Pero además, y más allá de las especificaciones, esta resolución (550/2025) flexibilizó aún más las condiciones para la categoría abierta. Los drones de hasta 250 gramos quedaron directamente exentos de registro, capacitación, licencia y seguro.
“Esto genera un vacío legal evidente: si un dron de ese peso provoca un daño —por ejemplo, rompe una ventana o filma sin autorización— resulta difícil identificar al responsable. La víctima puede iniciar una acción civil, pero sin registro ni seguro la carga de la prueba se complica y el reclamo puede terminar sin respuesta”, remarcó Pozzoli.
Es que pese a la desregulación, los drones siguen regidos por la responsabilidad aeronáutica: “Será responsable el explotador, es decir, quién se beneficia con la actividad y también el propietario, si corresponde. Sin embargo, al eliminarse el seguro obligatorio, una empresa o particular podría declararse insolvente y dejar al damnificado sin compensación”, detalló el joven docente y agregó: “En 2021, la Resolución 378/2021 de la Superintendencia de Seguros habilitó pólizas de responsabilidad civil para drones. Sin embargo, la normativa actual no obliga a contratarlas. La Resolución 880/19 sí lo hacía, pero fue derogada. El resultado es que ningún dron en Argentina está hoy obligado a tener cobertura contra daños a terceros”.
Drones de 250 gramos autorizados a vuelos en espacios abiertos y recintos cerrados. No requiere autorización de vuelo, registro y seguro, según la nueva resolución 550/2025. Foto: Pixabay.
Comparación internacional
El contraste con otras jurisdicciones es evidente:
- Unión Europea, Canadá, Japón y Australia: exigen registro, capacitación y seguro obligatorio.
- Estados Unidos: obliga al registro ante la FAA y cursos básicos, aunque el seguro no siempre es requisito.
- Argentina: eliminó seguros obligatorios, registros mínimos y trazabilidad de operadores.
"Hoy, la regulación argentina de drones pasó de un esquema restrictivo y protector a uno flexible, pensado para impulsar el mercado y la innovación. Pero la eliminación de seguros y registros obligatorios abre interrogantes sobre la seguridad, la intimidad y los derechos de los ciudadanos. La pregunta central sigue siendo cómo equilibrar el fomento tecnológico con la protección de derechos básicos”, selló el especialista.
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