El fallo que favorece a Clarín abre la discusión en la Corte Suprema

La Sala 1 de la Cámara Civil y Comercial Federal determinó un fallo que permite al grupo Clarín incumplir la ley. La Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual apelará la sentencia por considerar que no tiene sustento legal. La definición de la Cámara habilita a la Corte Suprema de Justicia a intervenir de manera efectiva.

El fallo que favorece a Clarín abre la discusión en la Corte Suprema

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Julieta Mafferra

Publicado el 17 DE MAYO DE 2011

La Cámara Civil y Comercial Federal extendió por tres años el plazo de vigencia de la medida cautelar presentada por Clarín que suspende la aplicación del artículo 161 de la Ley de Medios mediante el cual se fijan los límites de los grupos monopólicos.

El artículo 161 de Ley de Servicios Audiovisuales establece que los titulares de licencias que no cumplan con los requisitos previstos tendrán para ajustarse un año como máximo desde que la autoridad de aplicación establezca  los mecanismos de transición. Vencido dicho plazo, dice la ley, serán aplicables las medidas que al incumplimiento correspondiesen.

El polémico fallo tiene origen en el año 2009. Luego de aprobada la Ley de Medios 26.522 el grupo Clarín elevó una medida cautelar con la que logró frenar la aplicación del artículo 161. Ante esta situación, la Corte Suprema de Justicia estableció que se debía fijar un plazo a la cautelar ya que el amparo no podía ser indefinido. Finalmente, la Cámara Civil y Comercial se expresó y fijó como plazo ‘razonable’ 36 meses para que se lleve a cabo el proceso de adecuación a la ley.

Para el Director de la Carrera de Comunicación Social de la UNCUYO, Ernesto Espeche, “es un fallo que lamentablemente vuelve a demostrar las incumbencias que el poder económico tiene sobre algunos aspectos del poder judicial, claramente está a favor de los monopolios, pero en definitiva tiene un lado positivo”.

La parte positiva reside en que a partir de la decisión de la Cámara Civil y Comercial de determinar tres años a favor del grupo  Clarín, el Estado Nacional podrá rechazar la sentencia. “Este fallo va a ser apelado por el Estado Nacional y la Corte Suprema tendrá que expedirse. Antes, la Corte no podía expedirse sobre la cuestión de fondo por que estaba pendiente el fallo de la Cámara. Al definirse, aunque de manera vergonzante, la Cámara ante esta situación, habilita a la Corte a intervenir efectivamente”, explicó Espeche.

Igualmente se expresó Gabriel Mariotto, titular del AFSCA (Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual), quien confirmó que se presentará una impugnación judicial al dictamen que beneficia directamente al grupo Clarín. El funcionario remarcó que el artilugio utilizado por el grupo mediático para incumplir el artículo 161 “no tiene sustento legal”.

Asimismo, la directora de Asuntos legales de AFSCA, Graciana Peñafort, explicó a Radio Continental que “todavía siguen en el marco de las medidas cautelares, todavía no han conseguido, ni el Grupo Clarín, ni ninguno de quienes se han opuesto a la Ley de Medios, un fallo que vaya al fondo de la cuestión, y no sólo no lo han conseguido, sino que no lo van a conseguir porque la Ley es constitucional y respeta la doctrina de Derechos Humanos de la comunidad internacional”.