Es ley el endurecimiento de penas para conductores ebrios

Las multas y sanciones serán más graves para quienes conduzcan alcoholizados. El proyecto fue aprobado por unanimidad en el Senado.

Es ley el endurecimiento de penas para conductores ebrios

Foto: archivo Unidiversidad

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Unidiversidad / Fuente: El Sol

Publicado el 27 DE AGOSTO DE 2019

El Senado de la provincia convirtió en ley el proyecto del Poder Ejecutivo que endurece las sanciones para los conductores que manejen en estado de ebriedad. Así, este martes se aprobó una serie de modificaciones a la Ley de Tránsito y al Código Contravencional. El proyecto ya contaba con sanción inicial de Diputados.

La iniciativa, aprobada por unanimidad (34 votos a favor), establece que los que conduzcan con un nivel de alcohol en sangre de entre 0,5 y 0,99 gramos serán sancionados con una inhabilitación para conducir vehículos que va de uno a seis meses, además de una multa que puede llegar a los 72 mil pesos. La idea es generar conciencia en los ciudadanos y prevenir accidentes. 

Actualmente la multa es de 18 mil pesos, pero la cifra será actualizada cuando la modificación aprobada entre en vigencia. También se podrá retener el vehículo y la licencia de conducir.

Se aprobó por unanimidad el endurecimiento de penas para conductores ebrios

El endurecimiento de penas para conductores que manejen en estado de ebriedad se aprobó en Senadores. Para aprobar esta ley, fue necesario cambiar dos leyes: la Ley de Tránsito y el Código Contravencional. Dependiendo la cantidad de alcohol que se tenga en sangre, las multas pueden ir de 36 mil a 108 mil pesos.

A partir de 1 gramo o más de alcohol en sangre, la ley establece multa de 4000 a 9000 Unidades Fijas (de 48 mil pesos a 108 mil pesos); inhabilitación para conducir vehículos desde 90 a 365 días y arresto de hasta 30 días. Además, pasa de ser una falta vial a ser una falta contravencional y, por lo tanto, comienza para el conductor un proceso con intervención judicial.

Con respecto al estado de ebriedad, el Código Contravencional ahora establece: "El que en lugar público o abierto al público se hallare en estado de manifiesta embriaguez, será sancionado con multa desde 200 U.F. hasta 400 U.F. o arresto de 2 días hasta 4 días y obligación de asistir a cursos de tratamiento de adicción. La sanción será aumentada al doble si el infractor ocasionare molestias a los transeúntes".

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