Responsables de niños y niñas podrán faltar al trabajo cuando no haya clases

De acuerdo a los protocolo que fijen las provincias, algunos días estudiantes no concurrirán a las escuelas. Habrá que completar una declaración jurada.

Responsables de niños y niñas podrán faltar al trabajo cuando no haya clases

Foto: Moi.

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Unidiversidad / Fuente: Télam

Publicado el 12 DE FEBRERO DE 2021

El Gobierno nacional dispuso que las y los trabajadores con hijos e hijas en edad escolar tendrán "justificada" la inasistencia a sus puestos laborales durante el ciclo lectivo 2021. Es que debido a la pandemia de coronavirus, algunos días el alumnado no concurrirá a las escuelas, ya que la presencialidad se alternará con la virtualidad. La persona alcanzada por esta justificación deberá notificar a su empleador o empleadora y completar una declaración jurada.

Así lo publicó el Ejecutivo hoy, viernes 12 de febrero, en el Boletín Oficial mediante la Resolución 60/2021: "Dispónese que, a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente".

Esto se debe a que los protocolos del nuevo esquema escolar plantean la vuelta a las clases presenciales pero en un sistema híbrido que, con matices en cada distrito, combinará instancias presenciales con virtuales.

La medida regirá en los siguientes casos: "Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo, así como los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente".

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"La persona alcanzada por esta justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora" y "deberá completar una declaración jurada", añade el texto oficial. Solo podrá tener esta justificación "un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar".

La declaración jurada deberá contener: "Los datos del niño, niña o adolescente, el grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo; el régimen de presencialidad dispuesto en esa institución y la declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo".

Ayer, el ministro de Trabajo, Claudio Moroni, explicó que "la pandemia de coronavirus complicó todo", además de remarcar que la medida renovó "la justificación de la inasistencia, aunque con la diferencia que las provincias tendrán sus propias modalidades".

"Las jurisdicciones tendrán sus propias medidas y modalidades y determinarán el inicio de las clases presenciales. Solo habrá que presentar una declaración para detallar días y horarios de sus hijos para que el empleador, si lo desea, puede ejercer control", afirmó.

El ministro añadió que "no se solicitará ninguna certificación especial o que la expida el colegio, porque es el principio de buena fe el que rige todo acuerdo entre las partes", y concluyó que, por ello, la cartera de Trabajo solo solicitará "una declaración".

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