La CGT local busca frenar la Oficina de Conciliación

Se presentaron en la Justicia y aseguran que limita el poder de los sindicatos, beneficia a las ART y acota los plazos de acción de los empleados. Cómo impacta el contexto electoral.

La CGT local busca frenar la Oficina de Conciliación

El lunes 28 la CGT presentó un documento en la Suprema Corte de Justicia para que se dé marcha atrás con la OCLO. Foto: Poder Judicial

Provincial

Unidiversidad

Juan Stagnoli

Publicado el 29 DE AGOSTO DE 2017

Las audiencias de conciliación no son fáciles de llevar y el ámbito laboral no escapa a esta situación: los empleados deben verse las caras con las mismas personas a las que demandaron y esa situación puede ser frustrante para ambos sectores en disputa. Este es uno de los puntos en los que se apoyó la CGT provincial para que la Suprema Corte de Justicia declare inconstitucional la Oficina de Conciliación Laboral Obligatoria (OCLO). El principal argumento que esgrimen es que se limita el poder de los sindicatos, beneficia a las ART y acorta el plazo de acción de los trabajadores.

En el medio hay un capítulo más entre la disputa que llevan adelante el Gobierno y los sindicatos que a nivel nacional arrancó con la movilización sindical del 22 de agosto y continuó con el desplazamiento de dos funcionarios cercanos a los gremios en la Superintendencia de Salud y el Ministerio de Trabajo. Sabido es que después de las elecciones -con un escenario favorable en el parlamento- El Ejecutivo quiere debatir la refoma tributaria y la reforma laboral. 

Para esto, el oficialismo nacional apuesta a la polarización con los gremios y el kirchnerismo, e intenta mejorar la performance de las PASO en las provincias donde ganó y superar a CFK en la provincia de Buenos Aires. En este contexto,  la Oficina de Conciliación Obligatoria es el escenario local de la pelea que tiene el gobernador Alfredo Cornejo con la justicia y su obsesión para lograr mayor celeridad.

La ley que reaviva la disputa fue la 8990, aprobada el 26 de julio por 24 votos a favor a 23 en contra. Antes de su sanción, el Gobierno provincial argumentó que era una herramienta que reduciría a 20 días los plazos de los litigios laborales y acabaría con la denominada “industria del juicio”. El objetivo -reza el oficialismo local- es dirimir con carácter obligatorio y previo a la demanda judicial, todo conflicto de derecho en los que haya reclamos individuales y pluriindividuales de competencia de la justicia laboral provincial.

Desde la Confederación local explicaron que se violan los derechos constitucionales, reduce la indemnización y hace que los empleados “negocien a la baja”. En este sentido ejemplifican que antes de que se sancionara la ley ya existía la oficina como una instancia administrativa, con la diferencia que no era obligatoria. El problema nuevo que presenta es que los fallos que ya están en la justicia, volverán a la oficina de conciliación y se demorarán aún más los litigios entre los empleados y los empleadores.

“El Juez mandará expediente atrasados a la Subsecretaría y retrasará los procesos. El gobierno no genera suficiente trabajo para que los juzgados laborales se pongan al día. No se puede esperar tanto para que se resuelva un juicio laboral. En épocas en las que la gente no tiene trabajo, esta oficina juega con la desesperación de los empleados”, sentenció Oscar Arancibia, uno de los miembros de la CGT.

En este sentido anunció que el jueves 31 de agosto se reunirán los miembros de la CGT y definirán la fecha de la movilización en Mendoza para los primeros días de septiembre. “Queremos que dejen elegir a los empleados. No puede ser que una víctima de violencia laboral tenga que ´mediar´con el victimario”, sentenció el gremialista quien especificó que se trata de una forma de flexibilizar las condiciones laborales y es la antesala de la "precarización laboral".

Qué dice la ley

La Ley, establece entre otros aspectos que el acuerdo conciliatorio se instrumentará en un acta especial de conformidad. Los términos del acuerdo deberán expresarse claramente en ese documento y deberá ser elevado por el Conciliador para el trámite de homologación en el término de 48 horas. En el caso de no cumplir en dicho plazo, sin justificación, se le aplicará la sanción que la reglamentación establezca”.

El convenio deberá ser homologado en la Subsecretaría de Trabajo y Empleo que intervendrá antes que la Justicia y dispondrá de un abogado mediador entre la empresa y el empleador para solucionar sus diferencias.

 

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