Promulgaron la reforma de la Ley de Sangre Humana

La modificación establece que el Banco de Sangre será el ente que controle todo el proceso. Incluye la obligatoriedad de informar a la persona donante sobre el Registro de Células Progenitoras Hematopoyéticas.

Promulgaron la reforma de la Ley de Sangre Humana

La reforma establece que la persona donante deberá someterse obligatoriamente a un examen. Foto: Télam

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Publicado el 18 DE ABRIL DE 2023

El Gobierno promulgó la reforma de la Ley de Sangre Humana para incluir la obligación de informar a la personan donante respecto del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH), creado por la norma 25.392 y definir que el Banco de Sangre será el ente técnico y administrativo que controlará todo el proceso.

La reforma se promulgó a través del decreto 206/2023 publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Agustín Rossi, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

La nueva norma (27.708) modifica a la ley 22.990 y fija que el Banco de Sangre es el ente técnico-administrativo integrado a establecimientos asistenciales oficiales o a entidades oficiales o privadas sin fines de lucro que tendrán como funciones el estudio, examen clínico, selección, clasificación de donantes y extracción de sangre; clasificación y control de sangre y sus componentes; y fraccionamiento de sangre para la obtención de componentes; y la conservación de sangre y sus componentes para la provisión según las necesidades.

También establece que el Banco de Sangre se encarga de la provisión de materia prima a las plantas de hemoderivados, así como obligación de informar a la persona donante respecto del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas, creado por Ley 25.392.

Las modificaciones

La modificación a la Ley de Sangre fue sancionada el 28 de marzo pasado en la Cámara de Diputados por unanimidad. Respecto a los y las donantes, la reforma de la ley establece que cuando se hayan cumplidas las exigencias relacionadas con la edad, deberán someterse obligatoriamente a un examen.

Este examen incluirá un interrogatorio (anamnesis) con denuncia inexcusable de toda enfermedad o afección padecida o presente, la que tendrá carácter y alcance legal de declaración jurada.

También se hará una verificación del estado de salud normal mediante el examen clínico-biológico que permita descartar la existencia de alguna de las patologías del listado establecido por la vía reglamentaria, determinantes de su exclusión como tal.

Otro de los puntos centrales del examen es que se consultará obligatoriamente a los donantes sobre su voluntad de incorporarse al Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas.

Fuente: Télam

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