Repudio contra el fallo que declara inconstitucional la IVE en San Luis

Una jueza puntana dictaminó que la ley es inconstitucional. Habrá presentaciones legales contra esta medida.

Repudio contra el fallo que declara inconstitucional la IVE en San Luis

Foto: El Corredor Noticias

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Aborto legal

Radio U

Radio U / Unidiversidad

Publicado el 23 DE MARZO DE 2021

Tras el dictamen de la jueza María Eugenia Bona que declaró la inconstitucional de la Ley  de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) en San Luis por pedido expreso de la exsenadora provincial por el peronismo Liliana Negre de Alonso, organizaciones feministas de la provincia puntana repudiaron el fallo y en los próximos días presentarán sus fundamentaciones legales contra esta medida. Radio U habló con Majo Corvalán, periodista de San Luis, especializada en derechos de las mujeres, feminismo y políticas públicas, para que comentara en qué estado se encuentra la Ley IVE en la provincia.  

“Los recursos de amparo los puede presentar una persona cuando siente que se le está vulnerando un derecho. En este caso, a la senadora Negre no se le está vulnerando ningún derecho, primero, porque la Ley de IVE no obliga a nadie a abortar, y segundo, porque no está embarazada. Lo otro, que no es para nada gracioso, es que lo presenta en un juzgado laboral. Nada tiene ver que ver la inconstitucionalidad de una ley nacional en un juzgado laboral”, comentó Corvalán.

La jueza María Eugenia Bona declaró el viernes 19 de marzo la plena vigencia del artículo 19 del Código Civil y Comercial “que reconoce la existencia de la persona humana desde la concepción”, y la “inconstitucionalidad” y “la inconvencionalidad” de los artículos 4, apartado 1 y 2, y apartados a, b y c, de la Ley Nacional 27610 que autoriza la interrupción voluntaria del embarazo.

Ante esta postura de la jueza puntana, la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito Regional San Luis alegó que la presentación carece de ‘’legitimación activa, entre otras cosas, porque la actora se arroga la representación del sector de la sociedad estrictamente afectado".

Además, sostienen: "Su planteo es un debate superado ampliamente en el tratamiento de la Ley 27610 y en su trayecto histórico hasta su sanción" en diciembre del año pasado.

“Esto es un recurso de amparo, una acción declarativa de certeza, es un planteo que realiza la exsenadora como ciudadana de Villa Mercedes. La jueza emitió la primera sentencia, que es una primera instancia que no obliga a nadie, no impide absolutamente nada en San Luis. La Ley 27610 sigue estando vigente”, finalizó Majo Corvalán.

Por su parte, la Fiscalía de Estado respondió, en el marco de las actuaciones, que la Corte Suprema de Justicia es el órgano competente para analizar la “disarmonía” en el ordenamiento legal que alegó Negre de Alonso. También, la fiscalía consideró que "la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo es referida a la salud pública y se dicta dentro del marco de los compromisos del Estado argentino en esta materia y derechos humanos de las mujeres”, y advirtió que es “una ley de orden público y de aplicación obligatoria” en todo el país.

Audio

  • Entrevista a Majo Corvalán.

    Periodista especializada en derechos de las mujeres, feminismo, y políticas públicas

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