Siete de cada diez sentencias por violencia de género ordenan reglas de conducta

El dato se desprende de un trabajo elaborado por la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres. El informe resalta que aumentaron las penas en suspenso por causas de violencia de género.

Siete de cada diez sentencias por violencia de género ordenan reglas de conducta

Imagen: Red/Acción

Sociedad

Violencia de género

Unidiversidad

Unidiversidad

Publicado el 07 DE DICIEMBRE DE 2021

La Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres (UFEM) elaboró un informe cuyo objetivo principal es conocer las particularidades de este tipo de procesos judiciales y desarrollar herramientas institucionales para el abordaje del Ministerio Público Fiscal. Según el análisis de las causas entre 2016 y 2019 junto con la Unidad Fiscal de Ejecución Penal (UFEP), crecieron de manera sostenida las penas en suspenso y las causas judiciales en fase de ejecución por casos de violencia de género.

“Los principales hallazgos indican un crecimiento sostenido de las condenas con penas en suspenso por violencia de género durante los últimos años y la imposición de 2,5 reglas de conducta (promedio) sobre este tipo de casos, por encima de lo registrado para la totalidad de delitos con sanciones de cumplimiento condicional”, precisó el informe.

Además, se detalla que, “si bien en 7 de cada 10 sentencias se ordenó –al menos– una regla de conducta pertinente y/o adecuada a la problemática, en el informe se advierte que es necesario considerar las oportunidades de mejora que conllevaría el diseño de un repertorio de reglas específicas para los casos de violencia de género”.

Para realizar la investigación, se evaluaron los datos de la UFEP sobre los ingresos de sentencias con penas en suspenso por violencia de género a la etapa de ejecución entre 2016 y 2018. Asimismo, se seleccionó una muestra de 112 sentencias que ingresaron durante 2016, sobre las cuales se realizó “una lectura y análisis más exhaustivo de los legajos, incluyendo la etapa de ejecución hasta mediados del año 2019, y con especial foco en la imposición y desarrollo de las reglas de conducta”.

El Ministerio Público Fiscal (MPF) aseguró que esta selección se basó, por un lado, “en la necesidad de contar con un tiempo prudencial para relevar y analizar la forma en la que se ejecutan las reglas de conducta en esta categoría de casos, ya que el artículo 27 bis del Código Penal indica que, al suspender condicionalmente la ejecución de la pena, el tribunal deberá disponer un plazo estipulado entre dos y cuatro años, según la gravedad del delito, para cumplir las reglas de conducta”.

“Paralelamente, se ponderó la importancia de evaluar el grado de participación de la víctima en la supervisión de estos procesos penales, habida cuenta de la entrada en vigor de la Ley 27372, de Derechos y Garantías de las Personas Víctimas de Delitos, a mediados de julio de 2017”, precisó el portal. El organismo indicó que, “con posterioridad al período de legajos analizados” en la investigación, la UFEP impulsó el seguimiento del “cumplimiento de las reglas también a través de la consulta y comunicación con las víctimas, agregando su registro en el Sistema Federal de Comunicaciones Policiales (Sifcop) del Ministerio de Seguridad de la Nación”. También, se comenzó a “nutrir a los legajos” de informes del Centro de Asistencia a las Víctimas de Delitos (Cenavid), la Dirección General de Acompañamiento, Orientación y Protección a las Víctimas (Dovic) y la Oficina de Violencia Doméstica (OVD).

Fuente: Télam

qué condenas se dictan en casos de violencia de género, violencia de género, violencia contra las mujeres,