Certezas de un maestro de abogados sobre género y el mundo laboral

El profesor extraordinario Carlos Alberto Livellara respondió y reflexionó sobre el choque de los mundos laboral y jurídico cuando se aborda el tópico de la opción de género o las relaciones laborales distorsivas contra las mujeres.

Certezas de un maestro de abogados sobre género y el mundo laboral

Foto: Prensa de Rectorado

Sociedad

Unidiversidad

Jorge Fernández Rojas

Publicado el 28 DE NOVIEMBRE DE 2014

El hombre estaba emocionado y no lo disimulaba. Acababan de encumbrarlo a un nivel al que pocos docentes universitarios llegan. Fue el jueves 20 de noviembre en el Aula Magna de la facultad de Derecho, cuando Carlos Alberto Livellara se convirtió en el primer profesor extraordinario en la categoría de Profesor Emérito de esa facultad.

“Evidentemente es muy importante un reconocimiento de la Universidad; yo he llevado más de 40 años acá. Lo recibo con alegría pero también creo que es un premio para toda la gente que ha colaborado conmigo en las distintas cátedras y también para el derecho laboral de Mendoza”, dijo el reconocido maestro de abogados.

“Una extensa carrera académica respaldó este nombramiento: fue docente de grado y posgrado y trabajó en las facultades de Ciencias Políticas, Ciencias Económicas y Derecho de la UNCuyo y en la de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Mendoza. Ello, sumado a su trayectoria profesional en el campo del Derecho del Trabajo y sus cualidades personales, terminaron por solventar la decisión del nombramiento que hizo la Universidad”, puntualizó el texto publicado por el sitio oficial de la UNCUYO que dio cuenta del acto.

El jurista expuso sobre su especialidad y enfocó sobre casos laborales donde el trabajador recurría al derecho de opción de género y cambiaba de sexo (Ley 26743). Dio ejemplos de los cambios que se producen en la relación laboral empleador/empleado desde lo contractual.


Los cambios sociales y la adecuación del Derecho
 
Para el profesor Emérito, hay nuevo escenario laboral, adecuado al perfil del nuevo trabajador, donde se dan nuevas tareas, adaptación de las instituciones, posible conflictividad laboral. 

En realidad se trata de un desafío para el Derecho del Trabajo que debe propiciar una nueva regulación específica y que dé soluciones a esos problemas. 

Esas adecuaciones se deben dar ya que una gran transformación social, como es ejercer el derecho de opción de género por parte de un trabajador, sería un fracaso si esa persona quedara sin empleo por ello. También sería una frustración si por tomar esa opción ese trabajador fuera rechazado por los compañeros, si no se buscaran los mecanismos para que la empresa no tuviera conflictos por esta situación o no se buscaran los remedios para evitar la mala fe o conductas fraudulentas de los trabajadores por ejercer ese derecho. 

Contó como anécdota el caso de un colega de Buenos Aires que recibió la visita de un alto directivo de un banco oficial que quería jubilarse pero la edad no le daba (tenía 60 años) y, para poder hacerlo (y con la connivencia de la esposa), consultó por los beneficios que le daba el derecho por medio de la Ley 26743. 






Preguntas puntuales

Tras el acto, Edición UNCUYO le planteó algunos interrogantes sobre conflictos aún presentes en el mundo del trabajo, como son las relaciones entre los trabajadores con distintas jerarquías y la todavía desventajosa posición de las mujeres en los ámbitos laborales. 

¿Cuán frecuente es la discriminación laboral hacia la mujer? ¿Es materia de abordaje jurídico o sólo se evidencia en la denuncia soterrada?

A medida que la mujer cuenta con apoyo, desde el sindicato o los organismos públicos, denuncia, pero muchas veces, lamentablemente, soporta situaciones de acoso, de estrés y demás para no perder el empleo, porque si ella hace cualquier reclamo después tiene temor de perder el empleo o tener alguna repercusión. Por eso las denuncias son muchísimas menos que lo que realmente hay.
 
¿El acoso sexual se diferencia del acoso laboral si se produce en el ámbito del trabajo?

Son dos formas pero en definitiva todo es acoso. Uno es psicológico y el otro es con intenciones sexuales. Pero muchas veces empieza con un tema sexual y termina también con una persecución psicológica, para ver si el trabajador renuncia.
 
¿En los ámbitos judiciales hay más discriminación hacia la mujer?

Hay estudios que dicen que en la Administración Pública, en la Administración de Justicia, hay realmente un gran acoso y discriminación a la mujer, y muchas veces luchas internas por conseguir ascensos y demás, que perjudican a algunas mujeres.
 
¿Debería haber un cupo femenino en los Altos Tribunales, como la Corte de la Nación o de la Provincia?

Creo que hoy en día la mujer es muy capaz y tenemos muchísimas muestras de mujeres que son tan capaces o más que el hombre. En el tema del cupo lo ideal sería que fuera por idoneidad, sobre todo en cargos como la Corte Suprema, y no por cubrir un lugar del cupo. A mí me parece que el cupo en algunas cosas, tal vez a nivel legislativo, se justifica pero ¿en estos ámbitos? Mire usted, la mayoría de juezas que son mujeres, ¿y si pusiéramos un cupo? Sería un error. El acceso a la Justicia y a Tribunales Superiores debe estar justificado por méritos y llevar gente capaz y gente que resulte, no por un cupo.
 
Informe: María Laura Colmenares.

Fuente: Edición UNCUYO

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