El agua del Atuel en su laberinto

La  construcción del dique El Nihuil y la utilización del cauce del Atuel para los cultivos del Oasis Sur fueron el origen de un conflicto ambiental entre Mendoza y La Pampa. Poner fin al enfrentamiento y solucionar el litigio, con obras en el territorio y un justo acuerdo para las partes, constituye una materia pendiente para la región.  

El agua del Atuel en su laberinto

Sociedad

Unidiversidad

Eva Guevara

Publicado el 04 DE MARZO DE 2013

Los solitarios parajes que hay en la convergencia del sur de Mendoza con el oeste de La Pampa dan cuenta de la desintegración del territorio argentino.  Allí donde comienza la Patagonia podría existir algún tipo de nexo verde –un valle o un oasis– en lugar de aquellos brazos secos y borrados del Río Atuel.

Refieren las crónicas que el éxodo de la población está ligado al largo y penoso proceso de desertización y regresión ecológica de esa zona pampeana. Todo comenzó alrededor de 1930. Primero, por el aprovechamiento “aguas arriba”, que retrajo considerablemente todo un sistema de enormes bañados alrededor de los cuales existían prados abundantes y pueblos incipientes como Algarrobo del Águila, además de fuertes estancias para el manejo extensivo de vacunos y lanares.

Luego, cuando se inauguró el dique El Nihuil, en 1947, los derrames de agua que entraban libremente desde el oeste, directamente se cortaron. Los problemas de esa región, por la falta de agua, se agravaron. Fue entonces que empezó el conflicto que aún no se termina de zanjar.

Hacia 1949, una cantidad de informes, petitorios y artículos periodísticos daban cuenta de la protesta pampeana y de las presiones a los organismos nacionales para que desde El Nihuil se entregase agua del Atuel al oeste de La Pampa al menos tres veces por año. Esta situación nunca fue aceptada por Mendoza por una razón de competencia: las aguas del río son provinciales, no de la Nación.

Para las autoridades mendocinas, todo el proceso que había seguido hasta entonces estuvo signado por la legalidad y la legitimidad. La situación se presentaba de la siguiente manera: al momento de concretarse el convenio entre Mendoza y la Nación para construir el embalse El Nihuil, La Pampa era considerada territorio nacional y no una provincia.

En cuando al andamiaje jurídico para las concesiones de derecho de riego que se otorgan a Mendoza,  prácticamente no deja lugar a fisuras. Los derechos son los que corresponden a los actuales cultivos de la zona y a su posible extensión, quedando toda determinación de los caudales que salen del dique El Nihuil y sus destinos en manos de una decisión que recae en una institución con rango constitucional como lo es el Departamento General de Irrigación.

Esa misma autoridad es la que en nombre de la eficiencia en el uso del agua dirá por años, que no hay excedentes posibles de agua para su uso en La Pampa.

Un fallo salomónico

A partir de 1973 esta situación cambió. Ese año se le reconoció a La Pampa su carácter de “provincia condómina” en el recurso, así como su participación en las regalías de la producción hidroeléctrica del complejo El Nihuil. He aquí el meollo del problema que se pone a consideración de la Corte Suprema de la Nación. El órgano supremo de justicia interviene en este tipo de conflictos entre provincias y además entiende en los asuntos vinculados al posible daño ambiental, aunque habría que esperar varios años más para ver una actuación destacada en esa materia, como lo fue el fallo del Riachuelo, donde se condenó a los Estados ribereños obligándolos a recomponer la situación, por más onerosa que pudiese resultar.

El fallo de la Corte por el conflicto del Atuel llegó en 1987. Se lo presentó como una suerte de solución salomónica. En él se señala que el Río Atuel es interprovincial y se exhorta a las partes a celebrar convenios tendientes a una participación razonable y equitativa en los usos futuros de sus aguas, sobre la base de unos principios generales y de pautas fijadas entre las que se cuentan los usos preexistentes –áreas regadas en Mendoza– y también la eficacia del sistema de riego.

En resumen, la solución se focaliza en el llamado “superávit” hídrico. ¿Qué significa? Se entiende que la perspectiva de solución está en las obras pertinentes que podrían hacerse para satisfacer los reclamos “aguas abajo”, sin afectar en nada los cultivos “aguas arriba”.

Analizada la situación, la Corte concluye que la situación se ha de superar con la realización de obras que recuperen caudales y generen excedentes de agua a compartirse entre ambas provincias. Dos años después se firmó un protocolo de entendimiento interprovincial. En él se plantea una serie de temas que hacen al desarrollo de la región. En cuanto al aspecto hídrico, se acuerda la necesidad de que ambas provincias impulsen acciones tendientes a lograr la mayor disponibilidad de caudales del Río Atuel para desarrollar nuevas áreas de riego, así como la necesidad de que ambas provincias impulsen acciones para lograr un caudal para el crecimiento poblacional en territorio pampeano a través del río Atuel y lograr, en consecuencia, el restablecimiento ecológico del sistema fluvial del Atuel inferior.

De algún modo se le da la razón a Mendoza cuando la Corte rechaza una resolución de un organismo nacional que ordenaba cómo se debía soltar agua para abastecer el río pampeano.

Acuerdos y rispideces

El tema del agua para consumo de la población se resolvió por una fuente externa del Atuel. En 1992 se hizo un trasvase de agua desde Punta del Agua a Algarrobo del Águila y Santa Isabel, y se suministró un caudal para las 6 mil personas que allí vivían. Pero solucionado ese punto, no pasó lo mismo con todo lo demás. Sucedió que las negociaciones no fueron precisamente eficientes en relación a cómo lograr un desarrollo en ese desierto, con qué inversiones y a cuenta de qué beneficio común y compartido se harían.

En ese punto muerto de las negociaciones cristalizaron, de un lado y otro, las posiciones más irreconciliables.

Las asambleas de productores realizadas en el sur de Mendoza lo demuestran en un extremo. Allí se vuelcan en forma mayoritaria opiniones en contra de toda negociación con La Pampa; por su parte, en La Pampa, recrudece la protesta 100 por ciento inclinada hacia el derecho de acceso a un caudal de agua, amén de la obligación de tener que contribuir en lo que cuesta generarlo.   

Reunión de los gobernadores de Mendoza y La Pampa en Casa Rosada, junto al Jefe de Gabinete Juan Manuel Abal Medina






Más de 20 años de conflictos parecieron saldarse con un acuerdo el 8 de agosto de 2008. Ese día, un fuerte abrazo entre los gobernadores de la Pampa, Oscar Mario Jorge y de Mendoza, Celso Jaque, sellaron un compromiso calificado por la presidenta Cristina Fernández de Kirchner como  “éxito común para todos los argentinos”.

En dicho acuerdo se promueve el recubrimiento de los canales de riego en territorio cuyano para evitar pérdidas de agua, y se establece que los sobrantes serán trasladados a La Pampa, lo que permitirá el escurrimiento permanente del cauce del Río Atuel. De lo que se trata es de recuperar los caudales que se pierden por conducción y riego deficiente, impermeabilizar canales y hacer acueductos, todo ello con inversiones cofinanciadas y plazos determinados. El acuerdo también incluye una negociación acerca de lo que sería una participación equitativa en la utilización de los futuros excedentes de agua.

Debido al rechazo de los regantes del Sur mendocino y la oposición local, en la Legislatura de Mendoza no hubo consenso para ratificar lo firmado por Celso Jaque, pese a que el esquema de negociación que se había planteado consideraba todos los aspectos. Según este, Mendoza colocaba el 25 por ciento de la inversión y obtenía el 50 por ciento de los beneficios. Por su parte, La Pampa y La Nación aportarían el 75 por ciento de la inversión necesaria para ahorrar el agua que se infiltra en la conducción por canales y acuerda, como criterio de equidad, compartir el agua efectivamente ahorrada en partes iguales entre ambas provincias.

De este modo, el caudal que se había acordado repartir, una vez que estuvieran hechas las obras, se estimó en 10m³, o sea que, en este escenario, se compartirían con La Pampa 5m³. Es una cantidad que coincide con la cantidad necesaria para el desarrollo de la zona pampeana, computando no sólo las necesidades del entorno sino también la actividad ganadera y el crecimiento poblacional, según estudios ecológicos realizados por una Universidad Nacional.

La intervención de Tribunal Latinoamericano del Agua

Con el rechazo político al acuerdo en Mendoza, entre el 2008 y el 2012 el conflicto interprovincial se sumió en un verdadero laberinto. En noviembre de ese último año una ONG pampeana –la Fundación Chadileuvú (Fuchad)– llevó el caso al Tribunal Latinoamericano del Agua, que es una instancia internacional, autónoma e independiente de justicia ambiental, creada con el fin de contribuir a la solución de controversias relacionadas con los sistemas hídricos. 

El Jurado del Tribunal sesionó en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires y, tal como se esperaba, emitió un fallo desfavorable para Mendoza y la Nación. Los miembros del Tribunal fueron Philippe Texier, quien fuera presidente del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas; Alexandre Camanho de Assis, procurador regional de la República de Brasil; el muralista mexicano Ariosto Otero; Silvia Nonna, experta y asesora de la Nación en materia legal medioambiental y Giselle Boza Solano, directora del Sistema Radiofónico Universitario de Costa Rica. 

Lo que se resolvió fue reconocer que tanto el Estado mendocino como el Nacional no han observado ni cumplido una serie de normas internacionales y nacionales que garantizan el acceso al agua como un derecho humano esencial, por lo que, de perpetuarse el conflicto interprovincial por el Atuel, "se estará denegando el derecho humano de acceso al agua a las poblaciones pampeanas". El TLA exhortó a Mendoza y a la Nación a cumplir el fallo de la Corte Suprema de 1987 y los tratados firmados con La Pampa en 1989, 1992 y 2008.

Una sentencia del TLA no es vinculante para ninguno de los tres Estados intervinientes, pero en este largo diferendo, la sanción de carácter "moral" mejora notablemente la condición de La Pampa para llevar los argumentos al Tribunal Internacional del Agua, con sede en Europa. De hecho, la defensa de los derechos pampeanos ha tenido mucho más eco desde entonces, contrastando con el disimulo que la clase política mendocina le ha dedicado a la no aprobación del Acuerdo de 2008.

La gestión territorial llama a la puerta

Lo único que pudo conocerse en ese momento es que, para la mayoría de los representantes del pueblo en la Legislatura y de la dirigencia de los partidos políticos, el inciso K del artículo 10 del Compromiso no era explícito al garantizar agua para La Pampa después de que estuvieran hechas las obras.

Se trata de una sospecha antes que de un argumento. Es claro que la posición de Mendoza siempre fue la de atar todo avance en la negociación con La Pampa a lo “financieramente posible”. Esto es, se interpreta que si el acuerdo se fue dilatando desde 1987, fue por las obras comunes que se suponía que debían realizar ambas provincias para lograr esa ganancia de caudal. Dado que la Corte estableció que el uso actual del Río Atuel correspondía a la provincia de Mendoza para los usos preexistentes y, a su vez, exhorta a mejorar la eficiencia del río para lograr un uso en territorio pampeano, es lógico que dicha meta no sea gratis. Siempre según la interpretación mendocina, la misma Corte entendió que, mientras esto no sea financiera y económicamente viable, no es una obligación que Mendoza pueda cumplir.

También, del lado mendocino, los fondos disponibles para obras se habrían invertido en impermeabilización de cauces. O sea, habría una inversión unilateral, para un beneficio que también es unilateral. Hacia el 2008, la eficiencia del Río Atuel era del 30 por ciento, mientras que en la época del fallo, era del 28 por ciento, de lo que resulta un 2 por ciento de eficiencia ganada.

A todo esto, a Mendoza le interesa sobremanera llegar a un acuerdo y consolidar la fortaleza de esa mayor eficiencia que ganó y puede seguir ganando. Según la información brindada oficialmente desde el Ministerio de Infraestructura, se está trabajando luego de un llamado al diálogo que propició el Gobierno nacional.

Hay que tener en cuenta que, en el marco de la negociación por el Atuel, hace unos años apareció un tema colateral: el trasvase del Río Colorado al Atuel mediante la obra Portezuelo del Viento. Se trata de un embalse a construirse con fondos de la Nación. Y si bien es agua que se va a traspasar al Atuel y usar en territorio de la cuenca del Atuel, no es agua que pueda computarse a ese río y mucho menos incidir en el litigio entre La Pampa y Mendoza. No obstante, si este no se resuelve, tampoco se puede avanzar en el proyecto ya que se requiere de unanimidad de la voluntad de las tres provincias que participan de la regulación de esa cuenca, o sea, Río Negro, Mendoza y La Pampa.

Esa obra de trasvase de la que resultaría otro Río Atuel está comprometida desde 1976.

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