El fiscal de Estado rechazó el amparo por suspensión de clases presenciales en Mendoza
Siguió los lineamientos de la Corte nacional. Opinó que no existe “arbitrariedad” por parte del Ejecutivo local. Ahora decide la Justicia.
Simón solicitó a la Justicia que rechace el amparo presentado en Mendoza por la Asamblea Permanente de Derechos Humanos. Foto: Unidiversidad
El fiscal de Estado, Fernando Simón, solicitó a la Justicia que rechace el amparo por la suspensión de clases presenciales que realizó en Mendoza la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), con el fundamento de que no hay “arbitrariedad” ni “irrazonabilidad” en la decisión del Ejecutivo local de mantener la modalidad de “presencialidad administrada”.
La opinión de Simón sigue los lineamientos de la decisión que esta semana tomó la Corte Suprema de Justicia de la Nación, cuando le dio la razón al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que no acató el decreto nacional y mantiene las clases presenciales.
En su escrito, el fiscal explicó que, en este caso, existe una tensión entre dos derechos, el de la protección de la salud y el derecho a recibir una educación de calidad, lo que, aseguró, se logra en mayor medida con la presencialidad en las escuelas.
El amparo
El 23 de abril, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos presentó un amparo judicial con el objetivo de que el Gobierno de Mendoza suspendiera las clases presenciales por dos semanas. El fundamento fue que esa decisión permitiría frenar el número de contagios de COVID-19.
De acuerdo a la postura del organismo, el Ejecutivo provincial incurrió en una “conducta arbitraria” al no tomar medidas restrictivas temporarias de la presencialidad, teniendo en cuenta el incremento de contagios y las publicaciones científicas internacionales, que advirtieron sobre el rol de los establecimientos escolares en la cantidad de personas infectadas y en las muertes.
En el texto del amparo, la entidad expresó que Mendoza se encuentra en una situación de “alto riesgo sanitario” y en condiciones epidemiológicas que ameritan adoptar medidas de limitación de la circulación, dentro del marco del decreto nacional.
Los fundamentos del fiscal
Siguiendo los criterios de las Corte, Simón compartió el concepto de que decisiones como la pretendida por el organismo que planteó el amparo son ajenas a las atribuciones del Poder Judicial, ya que son una prerrogativa de las autoridades provinciales, siguiendo los criterios establecidos por Nación.
Luego de recibir las opiniones de Fiscalía de Estado y de Asesoría de Gobierno, decidirá la Justicia, específicamente la jueza Patricia Fox, integrante del Tribunal de Gestión Asociada en lo Civil N.º 2 .
Mendoza y la Ciudad de Buenos Aires son las únicas jurisdicciones que no adhirieron a la última decisión del Consejo Federal de Educación, que aprobó un sistema de dictado de clases acorde al nivel epidemiológico de cada región del país
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