El Gobierno prorrogó la suspensión de despidos y suspensiones hasta el 31 de mayo
El único sector exceptuado fue el de la construcción. La medida fue publicada en el Boletín Oficial.

Foto: Télam
El Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de mayo de la prohibición de despidos o suspensiones "sin justa causa" o por "fuerza mayor", ante la emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19, pero exceptuó al sector de la construcción. La medida se oficializó mediante la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 266/2021.
La norma, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández y de la totalidad del Gabinete nacional, también establece la prórroga hasta la misma fecha de la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de "fuerza mayor o falta o disminución de trabajo".
"Quedan, asimismo, exceptuados o exceptuadas de las prohibiciones quienes se encuentren comprendidos o comprendidas en el régimen legal de trabajo para el personal de la industria de la construcción de la Ley N.º 22250", añade el texto.
La prórroga de la prohibición de despedir trabajadores sin causa, una medida que rige desde el comienzo de la pandemia de COVID-19, se enmarca dentro de la expansión de las restricciones a la circulación y a ciertas actividades económicas para enfrentar la segunda ola del coronavirus. El artículo 4 del decreto indica que los despidos y las suspensiones que se dispongan en violación de lo dispuesto "no producirán efecto alguno, manteniéndose vigentes las relaciones laborales existentes y sus condiciones actuales".
Los antecedentes
La decisión original fue tomada por primera vez luego del intento del Grupo Techint de despedir a 1450 trabajadores de la constructora por la parálisis de la actividad. Alberto Fernández cargó en ese momento contra Paolo Rocca, titular del holding. “Has ganado tanta plata en tu vida, tenés una fortuna que te pone entre los más millonarios del mundo. Hermano, esta vez colaborá y hacelo con los que hicieron grande a tu empresa, con los trabajadores”, pidió el Presidente en esa oportunidad.
Luego se dispuso una prórroga desde el 1.° de junio, hubo una tercera disposición a partir del 1° de diciembre y una cuarta el 23 de enero de este año, cuando además extendió la obligatoriedad del pago de una doble indemnización para los casos de cesantía por todo el año 2021.
De este modo, las empresas privadas seguirán hasta fines de mayo sin poder despedir empleados sin justa causa, ni por razones de fuerza mayor o disminución de la demanda de trabajo. “La pandemia de COVID-19 ha producido una merma considerable en la actividad económica a nivel mundial de la que nuestro país no se encuentra exento, por lo cual se entiende necesario y conveniente –más allá de las particularidades de cada región–, prorrogar la normativa existente respecto de la prohibición de despidos”, había expresado el Gobierno en la última prórroga.
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